Disposición 469/17 DNRT: Hielo (Rama Mercado). Se Fijan Topes Indemnizatorios desde Mayo/17, Agosto/17, Noviembre/17 y Febrero/18 (CCT N° 409/05)
Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la RESOL-2017-662-APN-SECT#MT y registrado bajo el Nº 724/17, suscripto entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL HIELO Y DE MERCADOS PARTICULARES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la FEDERACIÓN NACIONAL DE OPERADORES DE MERCADOS FRUTIHORTÍCOLAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte empleadora.