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Declaración Jurada Rectificativa de IVA en Menos ¿Cuando Si y Cuando No?

El Artículo 13 de la Ley N° 11683 de Procedimiento Fiscal establece que la declaración jurada impositiva está sujeta a verificación administrativa y hace responsable al declarante por el gravamen que en ella se base o resulte, cuyo monto no podrá reducir por declaraciones posteriores, salvo en los casos de errores de cálculo cometidos en la declaración misma.

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