Se Viene el «Veraz Laboral». El Gobierno Prepara un Registro de Empleadores con Sanciones Laborales.
Se trata de un registro de empleadores, que al igual que el financiero, listará a quienes no cumplan con la ley y no tengan declarado a su personal.
Se trata de un registro de empleadores, que al igual que el financiero, listará a quienes no cumplan con la ley y no tengan declarado a su personal.
A partir del jueves 3 de octubre comienza a vencer el plazo, según terminación de CUIT, para el pago de los aportes al Régimen Nacional de la Seguridad Social correspondiente al período devengado septiembre 2013 por parte de los trabajadores autónomos. Nuevos importes.
Se prorroga por el término de tres meses calendario el plazo para ingresar en el blanqueo de capitales dispuesto por la Ley Nº 26.860 (B.O. 03/06/2013).
Se faculta a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) a denunciar ante el fuero Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la presunta comisión de los delitos tipificados en la Ley Penal Tributaria, respecto de los tributos locales.
Se establecen, a partir del 1 de octubre de 2013, nuevos horarios laborales y de atención al público en todas las agencias de la Administración Federal de Ingresos Públicos.
Se reglamenta la Ley de la Provincia de Buenos Aires N° 14.510 por la cual se declara en zona de desastre y en estado de emergencia social, económica, sanitaria y urbana a los Municipios afectados por el fenómeno climatológico ocurrido el 2 de abril de 2013.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informa que se encuentran disponibles nuevas funcionalidades en el servicio “Simplificación Registral – Registros Especiales de Seguridad Social”.
A partir del 24 de septiembre y según terminación de CUIT comienza a vencer el plazo para cumplir con la obligación de la presentación de la Declaración Jurada Informativa Cuatrimestral para aquellos contribuyentes del Régimen Simplificado que estén encuadrados en dicha obligación.
Se gravan los resultados provenientes de la enajenación, cambio, permuta o disposición de acciones, cuotas y participaciones sociales, títulos, bonos y demás valores que no cotizan en bolsa y se grava la distribución de dividendos y/o utilidades.
Se crea el Padrón de Inhibidos Bancarios, con vigencia desde el 1 de octubre de 2013, en el cual deberán inscribirse aquellos contribuyentes y/o responsables que:
Con la publicación en el Boletín Oficial del día de la fecha de la Resolución N° 886/13, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación estableció las nuevas categorías y los nuevos salarios mínimos para los trabajadores de casas particulares comprendidos en el Régimen Especial regulado en la Ley N° 26.844.
Según publica el sitio Diálogo Fiscal, el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray, confirmó, aunque sin normativa que lo avale, en el día de hoy dos de los temas más controvertidos en estos días entre colegas, como son el vencimiento de la recategorización cuatrimestral y si aquellos contribuyentes excluidos puede volver al régimen simplificado aunque no hayan pasado tres años desde tal situación.
Se fijan a partir del 1° de septiembre de 2013 las categorías profesionales para el Personal comprendido en el Régimen establecido por la Ley Nº 26.844 y sus remuneraciones mensuales mínimas.
Se establece la utilización del aplicativo «e-SICOL» a los efectos de la presentación de la Declaración Jurada y pago de las obligaciones fiscales respecto de los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Régimen General, Categoría Locales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Una de las tantas dudas después de la oficialización de las nuevas escalas del Monotributo a través de la Resolución General AFIP N° 3.529, es acerca de la posibilidad de que aquellos contribuyentes que hayan sido excluidos del mismo y conforme los nuevos parámetros estén en condiciones de volver. Conozca el procedimiento a seguir.