Laboral y Previsión Social Legislación

Acuerdos Homologados. C.C.T. N° 610/10. Transporte de Pasajeros. Servicios Urbanos Especiales, Urbanos, Interurbanos, Charter, Turismo y Oferta Libre. UTA-CETTOL. Escala Salarial desde Mayo 2013.

A través de la Disposición N° 317 de la Dirección Nacional de Relaciones de Trabajo de fecha 4 de junio de 2013 se declara homologado el nuevo acuerdo de recomposición salarial alcanzado por los representantes de la UNIÓN TRANVIARIOS AUTOMOTOR (UTA) y la CÁMARA DE EMPRESARIOS DE TRANSPORTE PARA TURISMO Y OFERTA LIBRE (CETTOL) del pasado 24 de abril.

Laboral y Previsión Social Legislación

Acuerdos Homologados. C.C.T. N° 460/73. Transporte de Pasajeros. Corta y Media Distancia. Interior del País. UTA-FATAP. Incremento desde Abril 2013. Suma No Remunerativa desde Junio 2013.

A través de la Resolución N° 649 de la Secretaría de Trabajo de fecha 31 de mayo de 2013 se declaran homologados los nuevos acuerdos de recomposición salarial alcanzado por los representantes de la UNIÓN TRANVIARIOS AUTOMOTOR (UTA) y la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRANSPORTADORES POR AUTOMOTOR DE PASAJEROS (FATAP) del pasado 25 de abril y 8 de mayo respectivamente.

Laboral y Previsión Social Legislación

Acuerdos Homologados. C.C.T. N° 110/75. Obreros de la Construcción. Premoldeado en Cemento Portland. Asignación No Remunerativa desde Abril 2013.

Con fecha 03 de junio de 2013 se registró la Disposición N° 312 de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo mediante la cual se declara homologado el Acuerdo entre la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA) y la Cámara de Industriales de Premoldeado en Cemento Portland de fecha 11 de abril de 2013 para todos los trabajadores del Convenio Colectivo de Trabajo 110/75.

Legislación

Resolución MEyFP N° 256/13. B.O. 13/06/2013. “Bono Argentino de Ahorro para el Desarrollo Económico” y “Pagaré de Ahorro para el Desarrollo Económico”. Emisión. Procedimiento.

A través de la presente norma se dispone la emisión del “BONO ARGENTINO DE AHORRO PARA EL DESARROLLO ECONOMICO (BAADE)” y del “PAGARE DE AHORRO PARA EL DESARROLLO ECONOMICO”, por hasta las sumas necesarias para cubrir la demanda del sector privado en el marco de lo dispuesto por el Artículo 1° de la Ley Nº 26.860, cuyas condiciones financieras se detallan en la misma.

Societario y Contable

A.F.I.P. Registro Especial de Personal de Casas Particulares. Nuevo Acceso Telefónico.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó desde el día de hoy una nueva manera de inscribir las relaciones laborales correspondientes al personal doméstico en el Registro Especial de Personal de Casas Particulares a cargo de dicho organismo. En efecto, se ha puesto a disposición del contribuyente una línea gratuita (0800 222 2526 Opción 2) para registrar las relaciones laborales mencionadas.

Consultorio / Capacitación

Comunicación BCRA «A» 5447. Reglamentación CEDIN. Preguntas y Respuestas Frecuentes.

En la tarde de hoy miércoles 12 de junio, el directorio del BCRA sancionó la reglamentación del Certificado de Depósito para la Inversión (CEDIN), conforme lo establecido en la Ley N° 26.680. Dicha reglamentación se hizo a través de la Comunicación A 5447. Preguntas y respuestas que el Banco Central de la República Argentina difundió hoy después de reglamentar el uso de los CEDIN.

Laboral y Previsión Social

Escala Salarial. Servicio Doméstico. Vigencia desde Noviembre 2012.

A través de la Resolución N° 958/2012 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS) publicada en el B.O. el 6 de noviembre de 2012 se fijaron las las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56, Reglamentario del Decreto Ley del Servicio Doméstico, a partir del 1° de noviembre de 2012 las cuales se encuentran vigentes a la fecha.

Misceláneas

Empleados de Comercio. OSECAC dice que el aporte de $ 50 corresponde también a los no afiliados.

Desde la Obra Social sostienen que todo empleado que se encuentre dentro del Convenio Colectivo 130/75 y beneficiados por el acuerdo recientemente alcanzado, realizarán por el plazo de vigencia del mismo, un aporte a la Obra Social de los Empleados de Comercio y Actividades Civiles, de $ 50,00 mensuales (cincuenta pesos), aun aquellos empleados que realicen sus aportes a otra Obra Social.

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