Decreto P.E.N. Nº 589/13. Reglamentación de la Ley de Impuesto a las Ganancias. Sustitución.
Se establece que a todos los efectos previstos en la ley y en este reglamento, toda referencia efectuada a ‘países de baja o nula tributación’, deberá entenderse efectuada a países no considerados ‘cooperadores a los fines de la transparencia fiscal.