Programa de Asistencia a Trabajadores de Talleres Protegidos

A través de la resolución 1183/2021 se pone en marcha a partir del 1 de diciembre de 2021 el Programa de Asistencia a Trabajadores de Talleres Protegidos de Producción, el cual tiene como objetivo asistir a personas con discapacidad integradas a Talleres Protegidos Especiales para el Empleo y a Talleres Protegidos de Producción, en la mejora de sus condiciones de empleabilidad y en su inserción en puestos de trabajos.

Beneficios

El Programa brindará las siguientes prestaciones:

  • Una ayuda económica mensual no remunerativa a los trabajadores con discapacidad que se desempeñan en Talleres Protegidos Especiales para el Empleo;
  • Asistencia económica a las instituciones responsables de Talleres Protegidos Especiales para el Empleo o de Talleres Protegidos de Producción para el desarrollo de acciones dirigidas a incrementar las competencias y potencialidades laborales y a facilitar la inserción laboral de los trabajadores con discapacidad que integran su plantel;
  • Asistencia económica a las instituciones responsables privadas de Talleres Protegidos Especiales para el Empleo o Talleres Protegidos de Producción para la realización de los exámenes preocupacionales de los trabajadores con discapacidad;
  • El financiamiento de la cobertura de riesgos del trabajo de trabajadores con discapacidad incluidos en Talleres Protegidos Especiales para el Empleo o Talleres Protegidos de Producción a cargo de instituciones responsables privadas.

¿Quiénes pueden acceder?

Serán destinatarios del Programa:

  • Todas aquellas personas jurídicas públicas o privadas sin fines de lucro responsables de Talleres Protegidos Especiales para el Empleo o de los Talleres Protegidos de Producción que se encuentren inscriptas en el Registro de Instituciones de Capacitación y Empleo (REGICE).
  • Todas aquellas personas con discapacidad que se desempeñen en Talleres Protegidos Especiales para el Empleo o en Talleres Protegidos de Producción y reúnan las siguientes condiciones:
    • Ser mayor de DIECIOCHO (18) años
    • Contar con Documento Nacional de Identidad (D.N.I.)
    • Tener Código Único de Identificación Laboral (C.U.I.L.)
    • Residir en forma permanente en el país;
    • Contar con certificado de discapacidad expedido en el marco de la Ley N° 22.431 o norma similar de alcance provincial o municipal

Restricciones:

  • Para acceder a las prestaciones del presente Programa, los Talleres Protegidos deberán tener un plantel integrado por TRES (3) o más Miembros.
  • No podrán acceder, las Instituciones Responsables que perciban prestaciones dinerarias en el marco de otros programas nacionales, provinciales o municipales de apoyo a Talleres Protegidos Especiales para el Empleo o a Talleres Protegidos de Producción

¿Cómo inscribirse?

Las presentaciones y tramitaciones que deban realizar tanto las Instituciones Responsables como los trabajadores con discapacidad ante las Agencias Territoriales, podrán llevarse a cabo de manera presencial o a través de la modalidad de Trámites a Distancia (TAD).

Implementación

El Programa se implementará a través de la ejecución de Propuestas de Fortalecimiento formuladas por entidades habilitadas responsables de Talleres Protegidos Especiales para el Empleo y de Talleres Protegidos de Producción. A través de estas propuestas, el Taller Protegido y sus destinatarios podrán gozar de uno o más de los beneficios previstos de manera simultánea.

Las Propuestas de Fortalecimiento tendrán un plazo de vigencia de DOCE (12) meses, prorrogables a solicitud de la Institución Responsable, mediante cumplimiento de las condiciones indicadas.

Asistencia económica prevista.

El Programa le brindará a las Instituciones Responsables que ejecuten una Propuesta de Fortalecimiento un subsidio no reembolsable, equivalente a:

Las personas participantes percibirán una ayuda económica mensual no remunerativas de $6.000 (pesos seis mil) durante la vigencia de la Propuesta de Fortalecimiento y mientras continúen desarrollando tareas en el Taller Protegido Especial para el Empleo.

Esta ayuda económica mensual para el trabajador participante será incompatible con la percepción de:

  • Una remuneración laboral o un ingreso económico por una actividad laboral independiente, cuya causa sea ajena al desempeño del participante en el Taller Protegido de Producción;
  • Prestaciones contributivas por desempleo;
  • Ayudas económicas mensuales previstas por programas de empleo o formación ejecutados por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL cuyas acciones no sean complementarias o acumulativas con el PROGRAMA DE ASISTENCIA A TRABAJADORES DE LOS TALLERES PROTEGIDOS DE PRODUCCIÓN.

Financiamientos previstos.

  • Examen preocupacional: Las Instituciones Responsables interesadas en solicitar el financiamiento del Examen Preocupacional de sus trabajadores con discapacidad, deberán presentar ante la Agencia Territorial correspondiente a su domicilio, el Formulario de solicitud que se habilite a tal efecto, y el presupuesto emitido por la entidad contratada.

Una vez acreditada la transferencia, la institución responsable deberá remitir el comprobante pago del examen preocupacional debiendo reintegrar los montos que no hubieran sido utilizados a tales fines.

  • Cobertura de riesgos de trabajo: La incorporación de cada nuevo trabajador con discapacidad importará el financiamiento de la cobertura de riesgos del trabajo a su respecto. El financiamiento de la cobertura de riesgos del trabajo se llevará a cabo a través de la presentación por parte de las instituciones responsables de:
    • La notificación a AFIP del inicio o cese de los trabajadores y trabajadoras con discapacidad a su cargo, conforme las modalidades, formularios, sistemas y plazos dispuestos
    • La contratación de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo vigente que se encargará de suministrar sus servicios a las personas incorporadas
    • La presentación de las Declaraciones Juradas de Aportes y Contribuciones al Régimen de la Seguridad Social, que contenga los trabajadores o trabajadores con discapacidad a su cargo, de los períodos financiados, de acuerdo a los lineamientos establecidos por la AFIP.

Contenido de las Propuestas de Fortalecimiento que deberán presentar los Talleres Protegidos.

Las propuestas de fortalecimiento deberán cumplir las siguientes características:

  • Ser formuladas mediante los instrumentos operativos habilitados por el Programa;
  • Contener una descripción de la actividad productiva que desarrolla el Taller Protegido Especial para el Empleo o del Taller Protegido de Producción, estimando su volumen de producción, gastos e ingresos económicos;
  • Describir la conformación del plantel del Taller Protegido Especial para el Empleo o del Taller Protegido de Producción, identificando a la totalidad de sus miembros y precisando respecto de cuales se solicita su incorporación como participantes;
  • Detallar las necesidades específicas a atender mediante los servicios de apoyo técnico;
  • Prever un plan de acción y un cronograma de actividades para los servicios de apoyo técnico;
  • Identificar a los profesionales o personas idóneas propuestos para prestar los servicios de apoyo técnico;
  • Indicar el monto de asistencia económica requerida con su desagregación por rubros;
  • Establecer un cronograma para la utilización de los fondos que se requieran para el rubro Insumos y Herramientas.

Documentación a presentar:

Las Instituciones Responsables interesadas en ejecutar una Propuesta de Fortalecimiento deberán presentar en la Agencia Territorial correspondiente a su domicilio, por duplicado, la siguiente documentación:

  • Formulario de Propuesta de Fortalecimiento, que se habilite a tal efecto, con su documentación de respaldo;
  • Copia de D.N.l., constancia de C.U.I.L. y copia del certificado de discapacidad vigente de los postulantes que integran la Propuesta de Fortalecimiento;
  • Antecedentes curriculares de los profesionales o personas idóneas propuestos para brindar servicios de apoyo técnico, debidamente rubricados por estos;
  • TRES (3) presupuestos de costos de respaldo, si se solicita asistencia económica para el rubro Insumos y Herramientas
  • Constitución de un domicilio electrónico donde serán válidas todas las notificaciones realizadas en el marco del PROGRAMA DE ASISTENCIA A TRABAJADORES DE TALLERES PROTEGIDOS DE PRODUCCIÓN

Aprobación o rechazo de la Propuesta de Fortalecimiento.

La Agencia Territorial con jurisdicción territorial en el domicilio físico del Taller Protegido Especial para el Empleo o del Taller Protegido de Producción, realizará el control formal de la documentación presentada, evaluará la viabilidad técnica de las Propuestas de Fortalecimiento.

La Agencia Territorial remitirá a la Coordinación de Apoyo a Trabajadores con Discapacidad las Propuestas de Fortalecimiento dictaminadas como viables. La COORDINACIÓN DE APOYO A TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD controlará que las Propuestas de Fortalecimiento se adecuen a las previsiones del presente Reglamento, verificará que el dictamen de viabilidad de la Agencia Territorial observe los criterios de evaluación establecidos, valorará la pertinencia de las propuestas en función de los objetivos perseguidos por el PROGRAMA DE ASISTENCIA A TRABAJADORES DE TALLERES PROTEGIDOS DE PRODUCCIÓN y recomendará la aprobación de aquellas que obtengan su conformidad.

La SECRETARÍA DE EMPLEO será la responsable, previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN DEL EMPLEO, de aprobar las Propuestas de Fortalecimiento, en función de los informes y recomendaciones realizados por las Agencias Territoriales y la COORDINACIÓN DE APOYO A TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD. Las Agencias Territoriales notificarán a las Instituciones Responsables el resultado del proceso de evaluación de sus propuestas. Aquellas que no sean aprobadas serán devueltas a las Instituciones Responsables, junto con la documentación anexa, con la indicación de la causal de rechazo.

Obligaciones de las Instituciones participantes.

Las Instituciones Responsables deberán:

  • Ejecutar la Propuesta de Fortalecimiento en los términos en que fue aprobada;
  • Garantizar el cumplimiento del plan de acción y cronograma de actividades previstos para los servicios de apoyo técnico;
  • Destinar los fondos que se le asignen en concepto de asistencia económica a los fines comprometidos;
  • Afrontar los costos de apertura, uso y mantenimiento de la cuenta bancaria habilitada para la recepción de fondos en concepto de asistencia económica;
  • Certificar mensualmente ante la AGENCIA TERRITORIAL la asistencia y el cumplimiento de tareas por parte de los participantes;
  • Garantizar una cobertura para los miembros frente a los riesgos emergentes de la actividad productiva que desarrollen, la que podrá ser financiada como prestación a cargo del PROGRAMA DE ASISTENCIA A TRABAJADORES DE LOS TALLERES PROTEGIDOS DE PRODUCCIÓN de solicitarse y cumplimentarse con las condiciones de otorgamiento dispuestas en el presente Reglamento,
  • Asumir el sostenimiento y la continuidad de la cobertura de los riesgos del trabajo que pudieran ser suspendidos o cesados en los casos de suspensión, desvinculación o cese del pago de las ayudas económicas;
  • Presentar ante la AGENCIA TERRITORIAL correspondiente los informes elaborados por los prestadores de servicios de apoyo técnico;
  • Comunicar a la AGENCIA TERRITORIAL toda novedad, imprevisto, y/o eventualidad vinculada con el desarrollo o la paralización de la Propuesta de Fortalecimiento;
  • Solicitar autorización para toda modificación que sea necesaria realizar en la Propuesta de Fortalecimiento durante su desarrollo;
  • Permitir las acciones de supervisión y fiscalización de la Propuesta de Fortalecimiento, colaborar en el desarrollo de tales procedimientos y responder las observaciones que se realicen a partir de los mismos;
  • Garantizar que las actividades productivas o económicas desarrolladas por el Taller Protegido Especial para el Empleo o por el Taller Protegido de Producción cuente con las habilitaciones necesarias y cumplimente toda normativa regulatoria de dichas actividades.
  • Las Instituciones Responsables que reciban fondos en concepto de asistencia económica deberán rendir cuentas de su utilización ante la AGENCIA TERRITORIAL correspondiente, dentro de los NOVENTA (90) días posteriores a la finalización de la propuesta a su cargo, debiendo en igual plazo reintegrar las sumas dinerarias no utilizadas.

Obligaciones de los participantes

Los participantes deberán:

  • Desarrollar debidamente las tareas laborales que se le asignen en el Taller Protegido Especial para el Empleo o en el Taller Protegido de Producción;
  • Facilitar el cumplimiento de las actividades de los profesionales o personas idóneas que presten los servicios de apoyo técnico;
  • Solicitar a la Institución Responsable que gestione su desvinculación del Programa cuando deje de reunir las condiciones de ingreso o incurre en una causal de incompatibilidad.

 

Blog del Contador Planes de Suscripción


Vivo en la ciudad de Chivilcoy, tengo 28 años, soy Técnica en Contabilidad recibida en la Universidad Nacional de Luján. Actualmente estudio Contadora Pública.
Trabajo por cuenta propia y en una Empresa Financiera como administrativa, soy mamá de un hijo varón.

Más del Autor

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

También te puede interesar