Sumario: Se establece una recomposición salarial de las remuneraciones horarias y mensuales mínimas para el Personal comprendido en el Régimen establecido por la Ley N° 26844 conforme las escalas salariales que lucen como Anexos I las cuales serán de aplicación en todo el territorio de la Nación.
Estado de la Norma: Vigente
Fecha: 12/42019
B.O. 15/4/2019
Vigencia y Aplicación: a partir del 1/3/2019 (según art. 3°)
Organismo Emisor: Comisión Nacional del Trabajo en Casas Particulares
Cantidad de Art.s: 5
Anexos: 1
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VISTO, el EX-2019-18303610- -APN-DGDMT#MPYT del registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, la Ley 26 844, el Decreto N° 467/2014, la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo para el Personal de Casas Particulares N° 1, del 10 de agosto de 2018, y
CONSIDERANDO
Que por la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo para el Personal de Casas Particulares N° 1, del 10 de agosto de 2018, se fijaron, a partir del 1 de junio de 2018 y hasta el 31 de mayo del 2019, las remuneraciones horarias y mensuales mínimas para el Personal comprendido en el Régimen establecido por la Ley N° 26 844;
Que el artículo 18 y el inciso c) del artículo 67 de la Ley 26 844 asignan como una de las atribuciones de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares la de fijar las remuneraciones mínimas o recomposiciones salariales;
Que de conformidad con lo resuelto en la sesión del 10 de agosto del 2018, se convoca a las partes para analizar las variaciones económicas y recomponer el salario del sector;
Que luego de un extenso intercambio de posturas, obra Acta de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares suscripta en fecha 5 de abril de 2019, mediante la cual las representaciones sectoriales de trabajadores, empleadores y de los Ministerios integrantes de la Comisión Nacional de Trabajo para el Personal de Casas Particulares han asumido el compromiso de acordar una recomposición salarial conforme las pautas allí indicadas;
Que el plazo de vigencia del acuerdo alcanzado se extiende retroactivamente desde el periodo 1° de marzo 2019;
Que a través del citado Acuerdo, las partes han coincidido en otorgar una recomposición salarial del quince por ciento (15%) sobre los salarios mínimos por la Resolución CNTCP N° 1/18 vigentes a partir desde 1ro de marzo del 2019;
Que en consecuencia los miembros de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares coinciden en fijar los nuevos valores de las remuneraciones mínimas para el Personal de Casas Particulares;
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 18 y el inciso c) del artículo 67 de la Ley N° 26.844;
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Art. 1°.- Fijar una recomposición salarial de las remuneraciones horarias y mensuales mínimas para el Personal comprendido en el Régimen establecido por la Ley N° 26844 conforme las escalas salariales que lucen como Anexos I, que forman parte integrante de la presente
Art. 2°.- Las adecuaciones salariales dispuestas por esta Resolución serán de aplicación en todo el territorio de la Nación.
Art. 3°.- La presente Resolución tendrá vigencia a partir del 1 de marzo de 2019.
Art. 4º.- Las remuneraciones establecidas en la presente mantendrán su vigencia aún vencido el plazo previsto en el artículo 4, y hasta tanto no sean reemplazadas por las fijadas en una nueva Resolución.
Art. 5º.- De forma.
ANEXO I | Categorías y Remuneraciones a Partir del 1° de Marzo de 2019 |