Sumario: Se establece la graduación de las multas dispuesta en los arts. 51 y 53 del Código Fiscal Ley 2.686 y modificatorias a todos los tributos administrados por la Agencia de Recaudación Tributaria, en función del nivel de riesgo asociado a cada contribuyente de acuerdo con lo establecido por la Res. A.R.T. 455/18, sus modificatorias, y en función al tamaño del contribuyente según la Res. A.R.T. 277/19.
Estado de la Norma: Vigente
Fecha: 28/2/2019
B.O. (Río Negro)
Vigencia y Aplicación: a partir del 1/2/2019 (según art. 4°)
Organismo Emisor: Agencia de Recaudación Tributaria de la Provincia de Río Negro
Cantidad de Artículos: 5
Anexos: 1
Art. 1 – Establécese la graduación de las multas dispuesta en los arts. 51 y 53 del Código Fiscal Ley 2.686 y modificatorias a todos los tributos administrados por la Agencia de Recaudación Tributaria, conforme el Anexo Unico de la presente resolución.
Art. 2 – La presente graduación de sanciones se establece en función del nivel de riesgo asociado a cada contribuyente de acuerdo con lo establecido por la Res. A.R.T. 455/18, sus modificatorias, y en función al tamaño del contribuyente según la Res. A.R.T. 277/19.
Art. 3 – Déjese sin efecto la Res. A.R.T. 566/18 perteneciente al registro de la Agencia de Recaudación Tributaria.
Art. 4 – La presente entrará en vigencia a partir del 1 de febrero de 2019, alcanzando obligaciones cuyo vencimiento operen a partir de dicha fecha.
ANEXO – Hecho Punible y Monto de las Multas