Sumario: Se establece que los contribuyentes deberán obligatoriamente efectuar los planes de facilidades de pago a través del portal web de la DGR, para el cumplimiento de las obligaciones fiscales provinciales.
Estado de la Norma: Vigente
Fecha: 3/1/2019
B.O. (Salta) 8/1/2019
Vigencia y Aplicación: a partir del 8/1/2019
Organismo Emisor: Dirección General de Rentas de la Provincia de Salta
Cantidad de Artículos: 4
Anexos: No
Art. 1 – Modificar el art. 1 de la Res. Gral. D.G.R. 17/18, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 1 – Los contribuyentes deberán efectuar los planes de facilidades de pago a través del portal web del organismo, para el cumplimiento de las obligaciones fiscales cuya aplicación, recaudación y fiscalización se encuentran a cargo de esta Dirección, de conformidad con lo dispuesto en la Res. Gral. D.G.R. 16/18 y las que en el futuro la modifiquen y/o reemplacen”.
Art. 2 – Modificar el art. 2 de la Res. Gral. D.G.R. 17/18, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 2 – Podrán generarse planes de facilidades de pago sobre las deudas comunes de todos los tributos, intereses, recargos, otros accesorios y multas, cuya recaudación y percepción se encuentran a cargo de esta Dirección, salvo que expresamente se haya determinado la inconveniencia de su realización mediante el portal web del organismo”.
Art. 3 – Remitir copia de la presente a conocimiento de la Secretaría de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía.
Art. 4 – De forma.