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Resolución General 29/18 DGR (Salta) ✔ Atención a Contribuyentes. Turnos Vía Web. Implementación.

Se dispone la utilización del sitio web a fin de que los contribuyentes, responsables y demás sujetos puedan solicitar turnos para ser atendidos en las sedes correspondientes, en los trámites establecidos por la Dirección, en los días y horarios respectivos. La solicitud se formalizará ingresando al sitio web oficial del organismo: https://www.dgrsalta.gov.ar/rentassalta/ o el que en un futuro lo reemplace, eligiendo la opción: “Sistema de administración de turnos”, donde también estará disponible el instructivo para la obtención de turnos web, con el detalle de los pasos a seguir.


Sumario: Se dispone la utilización del sitio web a fin de que los contribuyentes, responsables y demás sujetos puedan solicitar turnos para ser atendidos en las sedes correspondientes, en los trámites establecidos por la Dirección, en los días y horarios respectivos. La solicitud se formalizará ingresando al sitio web oficial del organismo: https://www.dgrsalta.gov.ar/rentassalta/ o el que en un futuro lo reemplace, eligiendo la opción: “Sistema de administración de turnos”, donde también estará disponible el instructivo para la obtención de turnos web, con el detalle de los pasos a seguir.


Estado de la Norma: Vigente

Fecha: 1/10/2018

B.O. (Salta)  5/11/2018

Vigencia y Aplicación: a partir del 1/11/2018 (según art. 4°)

Organismo Emisor: Dirección General de Rentas de la Provincia de Salta

Cantidad de Artículos: 5

Anexos: No


Art. 1 – Disponer la utilización del sitio web a fin de que los contribuyentes, responsables y demás sujetos puedan solicitar turnos para ser atendidos en las sedes correspondientes, en los trámites establecidos por la Dirección, en los días y horarios respectivos.

Art. 2 – La solicitud se formalizará ingresando al sitio web oficial del organismo:

https://www.dgrsalta.gov.ar/rentassalta/ o el que en un futuro lo reemplace, eligiendo la opción: “Sistema de administración de turnos”, donde también estará disponible el instructivo para la obtención de turnos web, con el detalle de los pasos a seguir.

Art. 3 – Aprobar dicho instructivo, disponible y actualizado, en el sitio web mencionado en el artículo precedente.

Art. 4 – La presente resolución entrará en vigencia a partir del 1 de noviembre de 2018.

Art. 5 – Remitir copia de la presente a conocimiento de la Secretaría de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía.

Art. 6 – De forma.

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