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[restab title=»SUMARIO» active=»active»]
Resumen: Se declara inhábil el día 17 de mayo de 2018 a los fines del cómputo de los plazos procesales en todas las actuaciones administrativas que tramitan ante los organismos de aplicación del Convenio Multilateral del 18.08.77, sin perjuicio de la validez de los actos que se hubieren realizado.
Estado de la Norma: Vigente
B.O. 14/6/2018
Vigencia y Aplicación: a partir del 14/6/2018
Organismo Emisor: Comisión Arbitral del Convenio Multilateral
Cantidad de Artículos: 2
Anexos: No[/restab]
[restab title=»RELACIONADAS»]
Esta norma no contiene legislación relacionada.
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[restab title=»FUNDAMENTOS»]
[spoiler title=’VISTO Y CONSIDERANDO’ style=’default’ collapse_link=’true’]
Que el día 17 de mayo de 2018, razones de fuerza mayor imposibilitaron el normal desenvolvimiento y cumplimiento de las funciones y tareas en la sede de la Comisión Arbitral.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 27 del Reglamento Procesal para la Comisión Arbitral y Comisión Plenaria –Resolución C.P. Nº 32/2015–.
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[restab title=»RESUELVE»]
ARTÍCULO 1º.- Declárase inhábil el día 17 de mayo de 2018 a los fines del cómputo de los plazos procesales en todas las actuaciones administrativas que tramitan ante los organismos de aplicación del Convenio Multilateral del 18.08.77, sin perjuicio de la validez de los actos que se hubieren realizado.
ARTÍCULO 2º.- De forma.
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