Sinceramiento Fiscal: AFIP y Ciudad de Buenos Aires Acordaron Intercambio de Información Fiscal y se Avanza en Acuerdos con las Demás Provincias

franquiciasLa Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) avanza en acuerdos con las provincias para, entre otros objetivos, incentivar a sus contribuyentes a que declaren su patrimonio aprovechando los beneficios del Sinceramiento Fiscal.

El día viernes 10 de febrero el Administrador Federal de Ingresos Públicos, Alberto Abad, suscribió el primer convenio con el jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Horacio Rodríguez Larreta, destinado al intercambio de información fiscal y a la simplificación de trámites impositivos.

El acuerdo firmado, permitirá el intercambio de información de interés fiscal que pueda aportar tanto la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) como la Administración General de Control (AGC) sobre el padrón de titulares de inmuebles y sus valuaciones, agentes de retención y recaudación de Ingresos Brutos, padrón de contribuyentes del Impuesto a las Embarcaciones Deportivas o de Recreación, del Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal, registros de habilitaciones de taxis y remises, permisos de obras y finalizaciones de las mismas, y toda otra información que pueda tener relevancia para la AFIP.

Con dicha información, la AFIP podrá realizar inducciones puntuales a ciudadanos sobre los cuales exista información de bienes que deberían ser declarados en el Sinceramiento Fiscal.

El Convenio contempla el compromiso de resguardar la información respetando las leyes de Protección de Datos Personales, Secreto Bancario y Secreto Fiscal vigentes.

Cabe recordar que el 31 de marzo, inclusive, vence el plazo para exteriorizar la tenencia de bienes no declarados en el país como en el exterior, según lo establece la ley 27.260.

Luego del 31 de marzo, la AFIP aplicará las tasas habituales sobre el patrimonio de cada ciudadano.

En caso de que la AFIP detecte otros bienes no declarados, se perderán todos los beneficios del Sinceramiento, y se deberán pagar los impuestos adeudados con los intereses y las multas correspondientes. Sólo se admitirá una tolerancia de $ 305.000 o el 1% de lo sincerado, lo que resulte menor.

Fuente: Prensa AFIP

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