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Impuestos Legislación

Resolución General 984 AFIP: Se Establece un Régimen de Facilidades de Pago para el Pago del Saldo Resultante de las Declaraciones Juradas de los Impuestos a las Ganancias y/o Sobre los Bienes Personales

Los contribuyentes y responsables de los impuestos a las ganancias y/o sobre los bienes personales, podrán solicitar —al momento de la presentación de las declaraciones juradas originarias— la cancelación del saldo de impuesto resultante y, en su caso, sus intereses resarcitorios y multas por aplicación del artículo 38 de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, conforme al régimen de facilidades de pago que se establece por la presente.

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Resolución General N° 975 AFIP: Procedimientos, Formas, Plazos y Condiciones para la Presentación de la Declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias de Personas Físicas.

Las personas de existencia visible y las sucesiones indivisas, a fin de cumplir con las obligaciones de determinación anual e ingreso del impuesto a las ganancias, deberán observar los procedimientos, formas, plazos y condiciones que se establecen en esta resolución general.

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