Bancos y casas de cambio también tendrán asueto 24 y 31
Así lo dispuso el Banco Central mediante un comunicado emitido en el día de hoy con motivo de celebrarse las fiestas de fin de año.
Así lo dispuso el Banco Central mediante un comunicado emitido en el día de hoy con motivo de celebrarse las fiestas de fin de año.
La Comunicación A 6844 BCRA dispone el texto ordenado de las normas sobre “Exterior y Cambios” con vigencia hasta el 31/12/19.
La Comunicación A 6818 BCRA dispone las condiciones y requisitos para el acceso al mercado de cambios para los pagos de importaciones y otras compras de bienes en el exterior a partir del 1 de noviembre de 2019.
La Comunicación A 6823 BCRA establece que las entidades financieras y otras emisoras de tarjetas locales deberán contar con la conformidad previa del Banco Central para acceder al mercado de cambios para realizar pagos al exterior por el uso de tarjetas de crédito, débito o prepagas emitidas en el país a partir del 01.11.19 inclusive.
La Comunicación A 6815 BCRA dispone que las personas humanas podrán adquirir u$s 200 mensuales a través de home banking y u$s 100 mensuales en efectivo.
La Comunicación A 6776 BCRA establece aclaraciones y adecuaciones a la Comunicación A 6770 sobre Exterior y Cambios.
La Comunicación A 6780 BCRA establece aclaraciones y adecuaciones a la Comunicación A 6770 sobre Exterior y Cambios.
La Comunicación B 11857 BCRA prorroga el vencimiento de la presentación de la declaración anual referida al Relevamiento de Activos y Pasivos Externos correspondiente a los datos de 2018, siendo la nueva fecha límite el 30 de septiembre de 2019.
La Comunicación A 6725 BCRA modifica la “Reglamentación de la cuenta corriente bancaria” incorporando un esquema de responsabilidades para el libramiento de cheques por medios electrónicos (ECHEQ).
A partir del 1 de julio comenzó la operatoria del cheque electrónico, denominado ECHEQ. Los usuarios podrán hacer y recibir cheques generados a través de canales electrónicos. ¿Cómo emitir o recibir un ECHEQ?
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) dispuso que las entidades financieras deberán aceptar los estados contables presentados por sus clientes de forma electrónica a través del servicio de Presentación Única de Balances (PUB) de la página web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Se establece que la aplicación del ajuste por inflación para las entidades financieras y casas de cambio sujetas al control del Banco Central de la República Argentina será de aplicación para los ejercicios económicos que se inicien a partir del 1/1/20.
Se dispone feriado bancario para el día 30 de noviembre de 2018 en todo el ámbito de la República Argentina.
Se dispone que las personas humanas queden eximidas de la declaración de los activos externos en el marco del Relevamiento de Activos y Pasivos Externos, dado a conocer mediante Comunicación “A” 6401.
Se establece que, sin perjuicio del mantenimiento del sistema vigente para el formato papel del cheque, podrán emplearse medios electrónicos para su libramiento, aval, circulación y presentación al cobro. Las entidades financieras que operen con alguno de los tipos de cuentas a la vista que admiten el depósito de cheques deberán adoptar los mecanismos –propios o a través de terceros– que resulten necesarios para que sus clientes puedan depositar cheques generados por medios electrónicos (ECHEQ).