CM-05

Blog del Contador Planes de Suscripción


Impuestos Legislación

Resolución General 5/16 COMARB. La DDJJ Anual CM05 2015 Deberá Confeccionarse Mediante el Aplicativo SIFERE del SIAP.

Establecer que la Declaración Jurada Anual —Formulario CM05— correspondiente al período fiscal 2015 (y anteriores si fuera necesario), deberá ser confeccionada con la última versión del aplicativo SIFERE disponible en el sitio web de la Comisión Arbitral (www.ca.gov.ar), más allá que el contribuyente haya sido incorporado o no al Sistema SIFERE WEB —aprobado por Resolución General N° 11/2014 de esta Comisión Arbitral—.

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RG 1/16 COMARB. Se Posterga el Vencimiento de la DDJJ Anual 2015 (CM05) para el 16 de Mayo

Establecer que el vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada —Formulario CM05— correspondiente al período fiscal 2015 operará el 16 de mayo del año 2016, aplicando a partir del cuarto anticipo, el coeficiente unificado y las bases imponibles jurisdiccionales determinadas, según lo establecido en los artículos 83 y 84 del anexo de la Resolución General N° 1/2015.

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Resolución General COM.ARB. N° 6/13. SI.FE.RE. Formulario CM05. Contribuyentes que deban Declarar Montos Superiores a “9.999.999.999,99” en Alguno de los Campos del Ítem “Resumen Anual del Período Fiscal”.

A través de la presente se establece que los Contribuyentes que deban declarar montos superiores a “9.999.999.999,99” en alguno de los campos del ítem “Resumen Anual del Período Fiscal” del Formulario CM05 del aplicativo SIFERE, tienen que insertar en la totalidad de los campos de ese ítem (no sólo los que exceden ese tope) los valores en miles de pesos.

Consultorio / Capacitación Impuestos

CM-05, Autónomos, Registro Especial Casas Particulares, Fundaciones D.D.J.J. R.G. 4/12 I.G.J., D.D.J.J. Informativa Ganancias y Bienes Personales. Termina la Semana pero no los Vencimientos.

Este fin de semana que se avecina viene bastante cargado en materia de vencimientos y para todos los gustos. Esto es así ya que entre mañana viernes 28 de junio y el próximo lunes 1° de julio se producen los vencimientos de varias obligaciones impositivas y laborales a cumplir por los contribuyentes ante distintos organismos.

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