Se adecua el plan de facilidades permanente establecido por la Resolución General 4.268, estableciéndose que las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas -Tramo 1-categorizadas como tal en el “Sistema Registral”, con carácter transitorio desde el 1 de diciembre de 2018 hasta el 28 de febrero de 2019, ambas fechas inclusive, podrán regularizar sus obligaciones por tipo de deuda general y en gestión judicial, mediante la cantidad máxima de seis planes de facilidades.
Asimismo, se establece que los contribuyentes y/o responsables que regularicen deudas originadas en ajustes de fiscalización, podrán solicitar para su cancelación -con carácter transitorio entre el 1 de diciembre de 2018 y el 31 de marzo de 2019, ambas fechas inclusive-, la adhesión a planes de facilidades de pago según lo previsto por la Resolución General N° 4.268 y su modificación, de hasta la cantidad máxima de VEINTICUATRO (24) cuotas.