Prórroga Plan de Pagos RG 4289

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AFIP Prorroga el Régimen de Facilidades de Pago Transitorio Pero No Permitirá Incorporar Deuda de Planes Caducos.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) hizo oficial en el día una nueva prórroga al plan de facilidades transitorio mediante el cual se pueden cancelar en hasta 48 cuotas deudas de obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social vencidas al 30 de septiembre del 2018. El plazo antes de la prórroga vencía este 31 de diciembre y ahora la AFIP lo extendió al 31 de enero de 2019.

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ÚLTIMO! AFIP. Desde Mañana Rige la Prórroga del Plan de Pagos y la Posibilidad de Cancelar Ganancias y Bienes Personales en Hasta 48 Cuotas.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Resolución General N° 4328, dispuso prorrogar hasta fin de este año la posibilidad de que los contribuyentes ingresen a los planes de pago denominados “Puente II”, que vencía a fin de este mes. La medida será publicada mañana en el Boletín Oficial. El plan

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AFIP. Plan de Pagos Transitorio en Hasta 48 Cuotas. Con Topes en la Tasa de Interés, Se Prorrogaría Hasta el 31 de Diciembre y Se Podría Incluir el Saldo de Ganancias y Bienes Personales 2017.

Según informa el diario La Nación a través de una nota firmada por Silvia Stang, la AFIP ha decidido prorrogar hasta el 31 de diciembre próximo el plazo para adherir al plan de facilidades de deudas de carácter transitorio que está a punto de vencer este próximo 31 de octubre. Entre las modificaciones que se fijarían a la Resolución General 4.289, reglamentaria del mencionado régimen transitorio, se destacan la posibilidad de ingresar obligaciones vencidas al 30 de septiembre cuando originalmente se podían incluir deudas vencidas al 30 de junio. En otro sentido, se prevé incorporar la posibilidad de adherir la deuda correspondiente a las declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales de personas físicas del año 2017.

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