RG 3808

Societario y Contable

Las Claves del Nuevo «Chiche» de AFIP: el Facturador Móvil.

Mediante la publicación en el Boletín Oficial de la fecha del Resolución General Nº 3808 la AFIP estableció que los contribuyentes obligados a la emisión de comprobantes electrónicos, es decir monotributistas a partir de la categoría H y todos los responsables inscriptos en el IVA, podrán ingresar al servicio «Comprobantes en Línea» a través de tablets y teléfonos inteligentes para la emisión de los mismos.

Legislación Societario y Contable

AFIP Resolución General 3808. Emisión de Comprobantes Electrónicos Mediante Facturador Móvil.

Los sujetos comprendidos en las Resoluciones Generales N° 3.067 y N° 3.749, sus respectivas modificatorias y complementarias, a los fines de la emisión de comprobantes electrónicos originales, en el marco de las mencionadas normas, podrán ingresar al servicio denominado “Comprobantes en Línea” a través de los siguientes dispositivos móviles:
a) tabletas y
b) teléfonos inteligentes.

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