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Transparencia fiscal: a partir de abril todas las facturas deberán detallar el IVA

A partir de abril de 2025, todas las facturas emitidas por vendedores de bienes y servicios deberán desglosar de manera clara el componente del IVA correspondiente al precio final. Se espera adhesión de provincias y CABA para los impuestos provinciales y municipales.


A partir de abril de 2025, todas las facturas emitidas por vendedores de bienes y servicios deberán desglosar de manera clara el componente del IVA correspondiente al precio final.

Esta medida forma parte de la implementación del régimen de transparencia fiscal establecido en la Ley N° 27743 e implementado por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), y se extiende a todos los contribuyentes, conforme al cronograma previsto en la Resolución General N° 5614/2024.

Que es el Régimen de Transparencia Fiscal

La mencionada resolución, publicada en B.O. 13/12/2024, modifica y actualiza las Resoluciones Generales Nros. 1.415, 3.561 y 4.291, estableciendo que la implementación del “Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor” se realizará de manera gradual y escalonada por segmentación de contribuyentes:

– A partir del 1° de enero de 2025, las “empresas grandes” deberán discriminar los impuestos al valor agregado e internos.

– El resto de los contribuyentes alcanzados por el presente régimen podrán discriminar el impuesto al valor agregado desde el 1° de enero de 2025, siendo obligatorio su cumplimiento a partir del 1 de abril del citado año. No obstante, se aclara que los comprobantes generados a través del servicio “Comprobantes en línea” o de la aplicación “Facturador Móvil”, a partir del 1° de enero de 2025 contendrán discriminado el mencionado impuesto.

A partir de esta medida, las facturas deben incluir el desglose del IVA (Impuesto al Valor Agregado) y de los impuestos internos dentro del apartado denominado “Otros impuestos nacionales indirectos”.

La medida que inicialmente se aplicaba a grandes empresas desde enero de 2025 se extiende a partir de abril a todos los comercializadores de bienes y servicios con el fin de brindar mayor claridad sobre la carga fiscal que soportan los consumidores finales. Cabe señalar que quienes emitían comprobantes a través de Facturador Móvil o Comprobantes en Línea ya contaban con la opción de discriminar el IVA.

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Ingresos Brutos y otros tributos municipales

Es importante destacar que la ley que creó el Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a dictar las respectivas normas para que se informen también en los comprobantes los impuestos provinciales y municipales que forman parte del precio final.

No obstante, hasta el momento ninguna jurisdicción adhirió a este régimen por lo que los consumidores finales no pueden saber de momento la incidencia del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y de los respectivos tributos municipales en la formación de los precios de los bienes, locaciones y prestaciones de servicios.

El objetivo del régimen de transparencia fiscal al consumidor es permitir que los consumidores puedan visualizar la presión fiscal que afecta el precio final de los productos y servicios. Por eso, entendemos que es necesaria la participación de las provincias y de la CABA para que el consumidor final conozca la totalidad de los tributos que inciden en los precios de los bienes y servicios que consume.

Controladores fiscales

Con el objetivo de cumplir con el Régimen de Transparencia Fiscal, los responsables que utilicen “Controladores Fiscales” de Nueva Tecnología (de acuerdo con la Resolución General N° 3561) podrán continuar con el uso de estos equipos, siempre y cuando actualicen el firmware de los dispositivos.

Aquellos responsables que utilicen controladores fiscales tipo Caja Registradora podrán seguir utilizándolos, pero deberán actualizar el firmware para incorporar nuevos datos dentro de los documentos fiscales. Para que los controladores fiscales cumplan con el Reglamento de Transparencia Fiscal, los dispositivos deben permitir incluir en el apartado correspondiente de los comprobantes los siguientes datos:

  • Título “TRANSPARENCIA FISCAL”
  • IVA Contenido
  • Otros Impuestos Nacionales Indirectos
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En el caso de los comerciantes que utilicen controladores fiscales tipo Impresora Fiscal homologados con anterioridad al 13 de diciembre de 2024 o que se encuentren en proceso de homologación a esa fecha, y hasta que sea actualizado el firmware de esos equipos, podrán incorporar los datos mencionados anteriormente, en las líneas libres del usuario. En este caso se aclara que se podrá prescindir de la leyenda correspondiente al Título de “TRANSPARENCIA FISCAL”, indicando el dato “IVA Contenido” y debajo el dato “Otros Impuestos Nacionales Indirectos”, cada uno con su correspondiente valor.

En ambos casos (cajas registradoras e impresoras fiscales), por razones de espacio se podrán efectuar abreviaturas en las descripciones del último dato mencionado, sin afectar la comprensión de su significado.

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1 comentario en “Transparencia fiscal: a partir de abril todas las facturas deberán detallar el IVA”

  1. Respecto de Ingresos brutos, se supone que no tiene incidencia en el precio final, ya que es un costo del vendedor, no incrementa lo que paga el consumidor final (como si el IVA), por lo que entiendo no debería ser desglosado en las facturas/tickets.

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