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Laboral y Previsión Social
Aumento salarial 2025 para trabajadores de casas particulares: 6,6% escalonado y sumas fijas hasta septiembre
La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares acordó un incremento del 6,6% entre febrero y septiembre 2025. También se pagarán sumas no remunerativas según la carga horaria. Conocé las nuevas escalas y montos.
Por: M.F.
Fecha de publicación: 15/07/2025 08:56 Hs.
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Casas particulares: nuevos salarios 2025 con aumentos hasta septiembre y pagos no remunerativos

La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares acordó un aumento total del 6,5% en los salarios mínimos del sector entre febrero y septiembre de 2025. El ajuste se implementará en forma escalonada, con un 3,5% retroactivo a febrero-junio, que se abonará junto con los sueldos de julio, más aumentos del 1% acumulativo en julio, agosto y septiembre. Además, los empleadores deberán pagar sumas no remunerativas mensuales variables, entre $4.000 y $10.000 según la carga horaria semanal. También se fijó una nueva audiencia de revisión para octubre.

  • 3,5% de aumento sobre enero, retroactivo al período febrero-junio, a abonar con los haberes de julio.
  • 1% adicional en julio, acumulativo, es decir calculado sobre el salario resultante de aplicar el 3,5% indicado en el punto anterior.
  • 1% adicional en agosto, acumulativo sobre julio.
  • 1% adicional en septiembre, acumulativo sobre agosto.
  • Nueva revisión salarial en octubre.

Todos los aumentos son sobre los salarios mínimos conformados vigentes, y deberán aplicarse según la categoría laboral y modalidad (con o sin retiro).

Detalles del acuerdo

En el marco de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP), con la participación de representantes sindicales y de empleadores del sector, se arribó a un nuevo acuerdo salarial que contempla incrementos escalonados y el pago de sumas no remunerativas para el personal comprendido en el régimen de casas particulares.

El acuerdo establece un incremento del 3,5% aplicable retroactivamente a los salarios mínimos correspondientes al período febrero a junio de 2025, el cual deberá abonarse conjuntamente con los haberes de julio de 2025.

Asimismo, se fija un aumento del 1% sobre los salarios mínimos conformados, aplicable en los meses de julio, agosto y septiembre de 2025, acumulativo sobre la base resultante de cada período.

Además, se acuerda el pago de una suma no remunerativa por única vez, cuyo importe varía según la carga horaria semanal del trabajador:

  • De 0 a 12 horas: $4.000 en julio, agosto y septiembre.
  • De 12 a 16 horas: $7.000 en julio y $6.000 en agosto y septiembre.
  • Más de 16 horas: $10.000 en julio y $9.500 en agosto y septiembre.

Finalmente, se acordó convocar una nueva audiencia plenaria para inicios de octubre de 2025, con el fin de revisar la evolución del sector y evaluar futuras recomposiciones.

En total, el incremento acumulado sobre los salarios de enero alcanza un 6,6% para septiembre de 2025.

Recordamos que la última actualización fue en febrero de este año mediante la Resolución (CNTCP) 1/2025 que estableció un incremento de las remuneraciones horarias y mensuales mínimas del 1,3% a partir del mes de diciembre del 2024 y de 1,2% acumulado a partir del mes de enero del 2025 calculado sobre los salarios mínimos establecidos para el mes de diciembre de 2024.

En este sentido, el incremento salarial total acordado para el período enero a junio de 2025 fue de 6,10%, mientras que la inflación acumulada del primer semestre del año —según el IPC publicado por el INDEC ayer — alcanzó el 15,1%.

Esto significa que el poder adquisitivo del salario del personal de casas particulares perdió casi 9 puntos porcentuales en términos reales frente al aumento general de precios.

Incluso proyectando el total de aumentos hasta septiembre, que acumulan un 9,32%, la recomposición salarial sigue estando por debajo de la inflación semestral ya registrada.

Sumas no remunerativas acordadas

Según el acuerdo, los empleadores deberán abonar sumas fijas no remunerativas en julio, agosto y septiembre, según la carga horaria semanal:

  • 0 a 12 horas semanales: $4.000 por mes
  • 12 a 16 horas: $7.000 en julio y $6.000 en agosto y septiembre
  • Más de 16 horas: $10.000 en julio y $9.500 en agosto y septiembre

Nuevas escalas salariales por categoría

Según el texto del acuerdo, estas serían las escalas según categoría y modalidad (los importes NO incluyen las sumas no remunerativas acordadas las que deberán adicionarse en cada caso):

1. Supervisor/a

Coordina y controla tareas de 2 o más personas a su cargo.

Con retiro:

  • Enero: $430.878 / $3.454 hora
  • Feb-junio (+3,5%): $446.019 / $3.574 hora
  • Julio (+1%): $450.479 / $3.609 hora
  • Agosto (+1%): $454.983 / $3.645 hora
  • Septiembre (+1%): $459.532 / $3.681 hora

Sin retiro:

  • Enero: $479.950 / $3.783 hora
  • Feb-junio: $496.748 / $3.916 hora
  • Julio: $501.716 / $3.955 hora
  • Agosto: $506.733 / $3.994 hora
  • Septiembre: $511.800 / $4.034 hora

2. Personal para tareas específicas

Cocineros/as o tareas que requieren idoneidad.

Con retiro:

  • Enero: $400.310 / $3.270
  • Feb-junio: $414.320 / $3.385
  • Julio: $418.463 / $3.419
  • Agosto: $422.648 / $3.453
  • Septiembre: $426.874 / $3.487

Sin retiro:

  • Enero: $445.613 / $3.585
  • Feb-junio: $461.229 / $3.711
  • Julio: $465.841 / $3.748
  • Agosto: $470.499 / $3.785
  • Septiembre: $475.204 / $3.823

3. Caseros

Trabajan en vivienda en la que también residen.

  • Enero: $390.567 / $3.089
  • Feb-junio: $404.388 / $3.197
  • Julio: $408.432 / $3.229
  • Agosto: $412.516 / $3.261
  • Septiembre: $416.641 / $3.294

4. Asistencia y cuidado de personas

Niños/as, adultos mayores, personas con discapacidad.

Con retiro:

  • Enero: $390.567 / $3.089
  • Feb-junio: $404.388 / $3.197
  • Julio: $408.432 / $3.229
  • Agosto: $412.516 / $3.261
  • Septiembre: $416.641 / $3.294

Sin retiro:

  • Enero: $435.246 / $3.454
  • Feb-junio: $450.480 / $3.575
  • Julio: $454.985 / $3.610
  • Agosto: $459.534 / $3.646
  • Septiembre: $464.129 / $3.682

5. Personal para tareas generales

Limpieza, cocina, mantenimiento, etc.

Con retiro:

  • Enero: $351.233 / $2.863
  • Feb-junio: $363.526 / $2.963
  • Julio: $367.161 / $2.992
  • Agosto: $370.832 / $3.021
  • Septiembre: $374.540 / $3.051

Sin retiro:

  • Enero: $390.567 / $3.089
  • Feb-junio: $404.388 / $3.197
  • Julio: $408.432 / $3.229
  • Agosto: $412.516 / $3.261
  • Septiembre: $416.641 / $3.294

Aclaramos que se trata  de montos estimados, la resolución con los valores oficiales aún no ha sido publicada.

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