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Laboral y Previsión Social
Encargados de edificios: nuevo acuerdo salarial con aumento desde septiembre 2025
El nuevo acuerdo salarial de encargados de edificios para el personal del CCT 589/10 fija aumentos escalonados desde septiembre, mantiene la suma fija de $50.000 hasta noviembre y la incorpora al básico en diciembre. También se suma un viático remunerativo del 7%.
Por: M.F.
Fecha de publicación: 23/09/2025 18:54 Hs.
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El convenio firmado el 9 de septiembre de 2025 establece incrementos remunerativos, la continuidad de la suma fija y un nuevo viático para trabajadores sin vivienda, a la espera de homologación oficial.

El acuerdo salarial de FATERYH y las cámaras del sector contempla aumentos remunerativos del 1,8% en septiembre, 1,7% en octubre y 1,6% en noviembre 2025.

La Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (FATERYH) y las cámaras empresarias del sector firmaron el 9 de septiembre de 2025 un nuevo acuerdo salarial aplicable al personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) 589/10.

El acuerdo establece un incremento escalonado y remunerativo sobre las escalas vigentes. Los porcentajes fijados son:

  • 1,8% a partir de septiembre (ver planilla salarial), 
  • 1,7% desde octubre
  • 1,6% a partir de noviembre de 2025, todos acumulativos sobre los salarios en curso.

Junto con estos incrementos, se resolvió mantener hasta noviembre la suma fija de $50.000, que venían percibiendo los trabajadores del sector en carácter no remunerativo. A partir de diciembre de 2025, este monto será incorporado al salario básico, pasando a formar parte de la remuneración habitual.

Otra de las novedades es la incorporación de un nuevo inciso al convenio colectivo. Se trata del artículo 15 inciso 8 del CCT 589/10, que introduce el pago de un viático remunerativo equivalente al 7% del salario básico de la categoría “trabajador permanente sin vivienda de cuarta categoría”.

Este beneficio será percibido por los trabajadores permanentes y no permanentes sin vivienda, excluyendo expresamente al personal jornalizado con hasta 18 horas semanales y a los suplentes de descanso semanal.

El viático establecido tiene carácter remunerativo, lo que implica que formará parte de la base de cálculo para aportes, contribuciones y otros adicionales vinculados al salario.

Por último, se señaló que el acuerdo se encuentra pendiente de homologación por parte de la autoridad laboral.


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