La Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (FATERYH) y las cámaras empresarias del sector firmaron el 9 de septiembre de 2025 un nuevo acuerdo salarial aplicable al personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) 589/10.
El acuerdo establece un incremento escalonado y remunerativo sobre las escalas vigentes. Los porcentajes fijados son:
Junto con estos incrementos, se resolvió mantener hasta noviembre la suma fija de $50.000, que venían percibiendo los trabajadores del sector en carácter no remunerativo. A partir de diciembre de 2025, este monto será incorporado al salario básico, pasando a formar parte de la remuneración habitual.
Otra de las novedades es la incorporación de un nuevo inciso al convenio colectivo. Se trata del artículo 15 inciso 8 del CCT 589/10, que introduce el pago de un viático remunerativo equivalente al 7% del salario básico de la categoría “trabajador permanente sin vivienda de cuarta categoría”.
Este beneficio será percibido por los trabajadores permanentes y no permanentes sin vivienda, excluyendo expresamente al personal jornalizado con hasta 18 horas semanales y a los suplentes de descanso semanal.
El viático establecido tiene carácter remunerativo, lo que implica que formará parte de la base de cálculo para aportes, contribuciones y otros adicionales vinculados al salario.
Por último, se señaló que el acuerdo se encuentra pendiente de homologación por parte de la autoridad laboral.