2017

Impuestos Societario y Contable

El Nuevo Monotributo 2017 No Tiene Nada de Simplificado: La RG 3990 Nos Dejó Mas Controles por Parte de AFIP y Mas Obligaciones para Todos.

Con el dictado de la Resolución General N° 3990 publicada hoy en el Boletin Oficial, se establecieron varios cambios en el régimen a través de los cuales se pretende un mayor control por parte del fisco para con los monotributistas y una serie de nuevas obligaciones que hacen que el mismo poco a poco vaya perdiendo el sentido de «Simplificado», a contramano de lo expresado por el titular de la AFIP en el día de ayer al anunciar justamente estos cambios.

Impuestos Legislación

Resolución General 3990 AFIP. Se Establecen Modificaciones al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo)

La recategorización de oficio del pequeño contribuyente contemplada por el primer párrafo del Artículo 3° de la Ley N° 27.346 procederá cuando este Organismo constate -a partir de la información obrante en sus registros o de las verificaciones que realice en virtud de las facultades que le confiere la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones-, que el referido sujeto ha adquirido bienes, realizado gastos de índole personal o posee acreditaciones bancarias, por un valor que supere el importe de los ingresos brutos anuales máximos admitidos para la categoría en la cual está encuadrado.

Misceláneas

Decreto 54/17. Se Establece la Obligatoriedad de Actuación de las Comisiones Médicas Jurisdiccionales. Se Crea el Autoseguro Público Provincial. Se Establecen Reformas a la Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo.

Dispónese que la actuación de las Comisiones Médicas Jurisdiccionales creadas por el artículo 51 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias, constituirá la instancia administrativa previa, de carácter obligatorio y excluyente de toda otra intervención, para que el trabajador afectado, contando con el debido patrocinio letrado, solicite la determinación del carácter profesional de su enfermedad o contigencia, la determinación de su incapacidad y las correspondientes prestaciones dinerarias previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo.

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