Blog del Contador
Mar, 15 de Julio de 2025
Última Actualizacion: 17:52 Hs.
Impuestos
Monotributistas: Vence el Plazo para Cambiar la Categoría Asignada de Oficio por AFIP (Y se Puede Usar Cualquier Navegador!!!)
Hasta mañana 31 hay tiempo para realizar la modificación de datos y/o recategorización en aquellos casos que la categoría de oficio impuesta por AFIP no sea coincidente con los datos reales del contribuyente.
Por: Marcos
Fecha de publicación: 30/01/2017 13:56 Hs.
Compartí esta nota

Hasta mañana 31 hay tiempo para realizar la modificación de datos y/o recategorización en aquellos casos que la categoría de oficio impuesta por AFIP no sea coincidente con los datos reales del contribuyente.

Como sabemos, y como consecuencia de los cambios introducidos en el Régimen Simplificado por la Ley 27.346 y la Resolución General 3982, la AFIP bajó de oficio una categoría a todos los monotributistas desde el 1 de enero.

En tanto, los contribuyentes deben estudiar su situación para adecuar esa categorización de oficio a la realidad económica. Para ello, las alternativas brindadas por el fisco fueron:

Para el trámite de Modificación de Datos deben tomarse los parámetros correspondientes a los últimos doce meses, es decir el período enero a diciembre de 2016 y encuadrar en la categoría que corresponda de acuerdo a los nuevos parámetros vigentes desde el 1 de enero de este año.

En caso que no se haya optado por modificar datos con vigencia desde el 1 de enero, y si corresponde de acuerdo a las nuevas escalas, se puede hacer el trámite de recategorización, con la salvedad que la la nueva categoría tendrá vigencia desde el 1 de febrero.

Recordamos también que desde la semana pasada la AFIP "recategorizó" sus sistemas adecuando el servicio con clave fiscal del Monotributo a los navegadores más actuales con lo cual ahora se puede utilizar cualquiera de los siguientes:

  • Internet Explorer
  • Mozilla Firefox
  • Chrome
  • Safari

Con respecto a los pagos de la cuota mensual, si ya se abono el período enero y de la modificación de datos y/o recategorización de oficio surge que el importe a pagar es otro, la diferencia se puede abonar sin intereses hasta el 31 de mayo utilizando para ello el Formulario 155 completando los conceptos:

  • 20 (Monotributo) y/o 21 (Aporte Previsional);
  • 19 (Declaración Jurada);
  • 78 (Ajustes).
La nuevas categorías y valores a abonar:
CATEGORIAS MONOTRIBUTO 2017Create your own infographics
 
De estos temas se habla en esta nota
Oferta Pública de acciones
Copyright (c) 2025 Blog del Contador. Todos los derechos reservados.