Ley XXIV N° 83 Chubut: Modificaciones al Código Fiscal.
Se sustituye el Anexo A de la Ley XXIV N° 38 por el Anexo A de la presente Ley.
Se sustituye el Anexo A de la Ley XXIV N° 38 por el Anexo A de la presente Ley.
La AFIP decidió suspender la emisión y gestión de intimaciones por falta de presentación y/o pago, así como la iniciación de juicios de ejecución fiscal y el cobro de las deudas reclamadas en los mismos correspondientes a los sujetos alcanzados por la emergencia comercial declarada a principios de este mes en la provincia de Chubut. A su vez, prorrogó por seis meses el alcance de los beneficios en la provincia de Santa Cruz donde la emergencia comercial había sido declarada el pasado.
La AFIP publicó hace un par de semanas un nuevo régimen de financiación de deudas impositivas y de la seguridad social de carácter permanente el cual reemplaza al último vigente. El mismo introdujo importantes cambios, como por ejemplo condicionar la cantidad de cuotas y la tasa a la nota puesta por el fisco en el sistema de riesgo (SIPER). Pero, además, excluyó cierto tipo de deudas que el anterior plan permitía y que ahora el contribuyente se ve obligado a cancelar al contado.
En el día de hoy se estableció que una menor cantidad de sociedades anónimas queden bajo la fiscalización permanente del Estado en el marco de lo establecido en el inciso 2) del artículo 299 de la Ley General de Sociedades.
La AFIP hizo oficial en el día de hoy la prórroga anunciada el día miércoles en lo que respecta a la presentación de las declaraciones juradas del impuesto a las ganancias, sobre los bienes personales y a la ganancia mínima presunta de personas humanas correspondientes al período fiscal 2017. También oficializó la extensión del plazo para adherir al plan de facilidades de pago especial de ganancias y bienes personales.
Se fija en PESOS CINCUENTA MILLONES ($50.000.000.-) el monto del capital social a partir del cual las sociedades anónimas quedan sujetas a fiscalización estatal permanente, conforme la previsión del inciso 2) del artículo 299 de la Ley General de Sociedades N° 19.550 y sus modificatorias.
Se extienden los plazos para la presentación de las declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias, sobre los bienes personales y a la ganancia mínima presunta, correspondientes al período fiscal 2017, y para la adhesión al plan de facilidades de pago establecido por la Resolución General N° 4.057-E, a fin de cancelar los saldos resultantes de las declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias y/o sobre los bienes personales de dicho período fiscal.
e suspenden hasta el día 31 de diciembre de 2018, inclusive, la emisión y gestión de intimaciones por falta de presentación y/o pago, así como la iniciación de juicios de ejecución fiscal y el cobro de las deudas reclamadas en los mismos, correspondientes a los sujetos alcanzados por los beneficios previstos en la Ley VII N° 84 de la Provincia del Chubut, siempre que cumplan con los requisitos y condiciones establecidos en la referida norma.
Se modifica la Resolución General N° 4112 a fin de extender el plazo de suspensión de las referidas intimaciones y ejecuciones fiscales hasta el día 31 de agosto de 2018, inclusive.
En esta oportunidad les presentamos un cuadro resumen con los vencimientos de Ganancias y Bienes Personales para Personas Humanas 2017 teniendo en cuenta las distintas fechas establecidas por AFIP según se trate de declaraciones juradas determinativas o informativas.
Se declaran homologados los Acuerdos celebrados entre la Unión Tranviarios Automotor (UTA) por la parte sindical y la Asociación Civil Transporte Automotor (ACTA), la Cámara Empresarial de Transporte Urbano de Buenos Aires (CETUBA), la Cámara de Transporte de la Provincia de Buenos Aires (CTPBA), la Cámara Empresaria de Autotransporte de Pasajeros (CEAP), la Asociación Argentina de Empresarios del Transporte Automotor (AAETA) y la Federación Argentina de Transportadores por Automotores (FATAP) por la parte empresaria, mediante el cual se establecen las nuevas condiciones económicas para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 460/73, entre otros beneficios, cuya vigencia se pacta entre el 1° de abril de 2018 y el 31 de marzo de 2019.
La Unión Tranviarios del Automotor (UTA) dio a conocer los detalles del nuevo acuerdo firmado entre el sector gremial y las cámaras empresarias de la actividad correspondiente a todos los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 460/73 y el cual tendrá vigencia desde el 1 de Abril de 2018 y hasta el 31 de Marzo de 2019.
El Sindicato de Empleados del Caucho y Afines (SECA) dio a conocer los detalles del nuevo acuerdo firmado con la Federación Argentina de la Industria del Caucho (FAIC) correspondiente a todos los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 375/04 y el cual tendrá vigencia desde el 1 de Mayo de 2018 y hasta el 30 de Abril de 2019.
El Sindicato de Empleados del Caucho y Afines (SECA) dio a conocer los detalles del nuevo acuerdo firmado con la Federación Argentina de la Industria del Caucho (FAIC) correspondiente a todos los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 375/04 y el cual tendrá vigencia desde el 1 de Mayo de 2018 y hasta el 30 de Abril de 2019.
En un comunicado publicado recientemente en la red social Twitter, la AFIP finalmente decidió prorrogar los vencimientos de Ganancias y Bienes Personales de Personas Humanas 2017, en medio de una jornada donde no funcionaron los aplicativos web para liquidar y presentar ambos impuestos y ante una «explosión» de colegas en distintas redes sociales en contra del organismo.