Resolución General 4191 AFIP: Se Homologa Controlador Fiscal de Nueva Tecnología.
Se homologa el equipo denominado “Controlador Fiscal” de nueva tecnología, cuyo dato identificatorio y empresa proveedora se detalla en el artículo 1°.
Se homologa el equipo denominado “Controlador Fiscal” de nueva tecnología, cuyo dato identificatorio y empresa proveedora se detalla en el artículo 1°.
La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) dio a conocer los detalles del nuevo acuerdo firmado entre el sector gremial y las cámaras empresarias del sector correspondiente a todos los trabajadores de la rama general comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 130/75 y el cual tendrá vigencia desde el 1 de Marzo de 2018 y hasta el 31 de Marzo de 2018 correspondiente a la activación de la cláusula gatillo establecida en el acuerdo original firmado en Marzo del año pasado.
Recordamos que en el marco de la Resolución General 4188, determinados trámites a realizarse personalmente en las agencias del organismo deberán realizarse mediante la solicitud previa de un turno web.
Se aprueba la adhesión de la Provincia al Consenso Fiscal, se establecen modificaciones al Código Fiscal y se aprueba la ley impositiva para el período fiscal 2018.
Decreto de necesidad y urgencia, desburocratización y simplificación, SENASA, sociedades, Fondo fiduciario para el desarrollo de capital emprendedor, actividad portuaria, aviación civil, tránsito, seguridad vial, sistema métrico legal argentino, patentes, sociedades de garantía recíproca, firma digital, obras de arte, obras públicas, seguros, Unidad de Información Financiera, fondo fiduciario de capital social, Régimen de Contrataciones del Estado, Derecho administrativo, Salud pública, Derecho comercial, Economía y finanzas, Derecho de la navegación, Derecho aeronáutico, Transporte, Cultura y educación, Derecho informático, Reglamento de Contrataciones del Estado.
A partir del 1º de enero de 2018 se implementará el «Sistema para la Rúbrica de Documentación Laboral de la CABA, en forma Digital», para el Libro Especial de Sueldos y Jornales de la Ley 20.744 (Art. 52), conforme el cronograma establecido en la Resolución N° 2623/SSTYC/17, de acuerdo a la cantidad de empleados que posea el empleador en su nómina de personal.
A continuación se podrá descargar la Nueva Escala Salarial de empleados de Comercio para el mes de Enero 2018 conteniendo el 2% de incremento acordado bajo la cláusula Gatillo contenida en el acuerdo firmado en Marzo del pasado año.
De esta manera, se otorgará un 6% complementario con la siguiente distribución.
Una de las tantas modificaciones a las leyes impositivas establecidas en la Ley N° 27430 de Reforma Tributaria tiene que ver con la posibilidad de presentar declaraciones juradas rectificando en menos el impuesto determinado, cosa que al día de hoy la AFIP no lo permite salvo en los casos de errores de cálculo cometidos en la declaración misma.
El plazo para el reempadronamiento de actividades según el nuevo nomenclador que originalmente era el 31/12/2017 pasó al 31/01/2018.
Para el pago electrónico de las mismas, el mencionado sistema no contempla la posibilidad de generar el vep para ser pagado por un tercero, cuando por ejemplo el contribuyente no posee cuenta bancaria.
La Provincia de Córdoba simplificó el pago del impuesto sobre los ingresos brutos para aquellos contribuyentes locales que se encuentren adheridos al Monotributo. Dicha simplificación se dio en el marco de las modificaciones introducidas al Código Fiscal provincial por la Ley N° 10508 y mediante lo dispuesto por la Resolución Normativa N° 14/18. La mencionada
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó, con el Código Fiscal 2018, un aumento de los topes para tributar Ingresos Brutos por el Régimen Simplificado. A partir del 1 de enero partir de 2018 se pueden incluir operaciones por hasta $ 700.000 de facturación anual. El anterior tope era de $ 400.000 anuales.
Se modifican el Código Fiscal y la Ley Impositiva 2018 en el marco de las exenciones correspondientes a los ingresos provenientes de las operaciones y/o servicios realizados entre las cooperativas constituidas conforme con la Ley Nacional Nº 20337 y sus asociados en el cumplimiento de su objeto social, como asimismo los respectivos retornos y a los ingresos provenientes de las actividades que realicen las cooperativas de trabajo exclusivamente respecto de las expresamente previstas en el estatuto y resulten conducentes a la realización del objeto social.
se reglamenta el artículo 125 bis de la Ley N° 24.241, incorporado mediante la Ley Nº 27.426 en lo que respecta al suplemento dinerario equivalente al OCHENTA Y DOS POR CIENTO (82%) del valor del Salario Mínimo, Vital y Móvil, instituido por el artículo 116 de la Ley 20.744 y sus modificatorias vigente en cada período.