El Consejo Profesional de la CABA solicitó a la Subsecretaría de Ingresos Públicos la posibilidad de generar una adecuación de la deducción personal, prevista en el inciso c) del art. 30 de la Ley del Impuesto a las Ganancias, denominada «deducción especial».
Según lo manifestado por el CPCECABA, hace varios años que la Ley realiza una discriminación a favor de las rentas incluidas en los incisos a), b) y c) del artículo 82, es decir: rentas del trabajo en relación de dependencia, desempeño de cargos públicos y jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios, con el objeto de premiar el trabajo personal, dejando de lado otras rentas donde también el trabajo personal resulta el artífice de la ganancia. En este último grupo se hallan los trabajadores autónomos que trabajan personalmente en su actividad.
Desde el Consejo señalan que se ha retomado el pedido para que se aplique el principio rector de la equidad, considerando que la deducción especial aplicable a los trabajadores autónomos que trabajan personalmente en su actividad, debiera ser idéntica a la de los trabajadores de los incisos a), b) y c) del art. 82 de la Ley de Impuesto a las Ganancias.
Por otra parte, a causa de la pandemia se puso de manifiesto la vulnerabilidad de ciertos contribuyentes; como los que son trabajadores autónomos de su propio emprendimiento.
Ante lo expuesto, se solicita a la titular del organismo, Dra. Claudia Balestrini, que se lleve a cabo una audiencia para realizar un tratamiento sobre este asunto.
Acceda a la nota presentada por el CPCECABA a continuación: