A través de la presente norma se declara homologado el Acuerdo obrante a fojas 2/3 celebrado entre la UNION OBRERA DE LA CONSTRUCCION DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la CAMARA DE INDUSTRIALES DE PREMOLDEADO EN CEMENTO PORTLAND, del Expediente Nº 387.851/12, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Para más detalles de dicho acuerdo ingrese aquí.