Resolución 7/20 MPCIT
Se creó el programa “Buenos Aires ActiBA”
Mediante Resolución 7/20 MPCIT se crea el programa “Buenos Aires ActiBA”, cuyo fin consiste en recabar la información necesaria para establecer las necesidades comunes de las MiPyMEs.
Mediante la Resolución 7/20 MPCIT (Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación y Tecnológica), Augusto Eduardo Costa Ministro a cargo de la cartera de Producción, creó el programa “Buenos Aires ActiBA” con el fin de recabar la información necesaria para establecer las necesidades comunes de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, Pequeños y Medianos Productores, Cooperativas y Comercios, para formular políticas tendientes a fomentar el mantenimiento y la generación de empleo en el marco de la emergencia productiva declarada en el ámbito de la Provincia.
SUMARIO
Se crea en el ámbito del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica el programa “Buenos Aires ActiBA”, cuyo fin consiste en recabar la información necesaria para establecer las necesidades comunes de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, Pequeños y Medianos Productores, Cooperativas y Comercios. (Desarrollo-Planes-Producción).
Se aprueba el formulario de solicitud de inscripción al programa.
ANÁLISIS
Estado de la Norma: Vigente
Fecha: 27/1/2020
B.O. (Buenos Aires) 3/2/2020
Vigencia y Aplicación: desde el 3/2/2020 (según art. 6°)
Organismo Emisor: Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica de la Provincia de Buenos Aires
Cantidad de Art.: 7
Anexos: 1
RESUELVE
Art. 1 – Crear en el ámbito de esta cartera ministerial, el programa “Buenos Aires ActiBA”, cuyo fin consiste en recabar la información necesaria para establecer las necesidades comunes de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, Pequeños y Medianos Productores, Cooperativas y Comercios que permita formular políticas adecuadas, en el marco de la emergencia productiva declarada en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, y asistirlas de manera eficiente para atender aquellas problemáticas identificadas con el objetivo de fomentar el mantenimiento y la generación de empleo.
Art. 2 – Son sujetos alcanzados por la presente las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, Pequeños y Medianos Productores, Cooperativas y Comercios identificados en los arts. 8 y 9 de la Ley 15.165.
Art. 3 – A los fines de acceder a los beneficios que esta cartera ministerial disponga en el marco de sus competencias materiales y así como de la emergencia declarada, los sujetos alcanzados deberán inscribirse al programa creado por la presente.
Art. 4 – La inscripción al programa “Buenos Aires ActiBA” deberá realizarse a través de la página web habilitada a tal efecto completando, con carácter de declaración jurada, el formulario de solicitud de inscripción que como anexo forma parte de la presente medida.
Art. 5 – Aprobar el formulario de solicitud de inscripción al programa “Buenos Aires ActiBA” de conformidad con el Anexo (IF-2020–01937646–GDEBA-DPACMPGP) de la presente.
Art. 6 – La presente resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 7 – De forma.
ANEXOS
ANEXO I | Formulario de solicitud de inscripción al programa “Buenos Aires ActiBA” |
Texto según Resolución 7/20 MPCIT publicada en B.O. (Buenos Aires) del 3/2/2020
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