A través de la presente la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) establece un régimen de facilidades de pago destinado a cancelar las obligaciones de aquellos sujetos que actúen en calidad de empleadores y cuyo monto de ventas o ingresos brutos anuales no supere los $ 10.000.000.-
En la misma, se establecen los sujetos y conceptos alcanzados, las exclusiones objetivas y subjetivas, las condiciones del presente régimen, las formalidades y requisitos para adherir al mismo, causas y efectos de la caducidad, el procedimiento aplicable para deudas en discusión administrativa o judicial.
Se dispone además que la adhesión al presente régimen deberá realizarse mediante clave fiscal a través de la web de la AFIP con el Sistema «Mis Facilidades» opción PLAN DE FACILIDADES DE PAGO RG 3516 el que se encontrará vigente a partir del próximo lunes 5 de agosto.
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