En el presente artículo exponemos lo que determinan las leyes vigentes en cuanto al pago y cálculo del sueldo anual complementario tomando en consideración la situación actual de emergencia en el marco de la pandemia por el COVID-19 y las suspensiones del artículo 223 bis según el acuerdo firmado entre la CGT y la UIA.
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Sueldo Anual Complementario. Posibilidad de pago en cuotas y suspensiones del artículo 223 bis. Consideraciones a tener en cuenta.
![resolucion 37/20 srt, plan de pagos art, cambios en ganancias a partir de que sueldos se paga ganancias](https://blogdelcontador.com.ar/wp-content/uploads/2019/12/a-partir-de-que-sueldos-se-paga-ganancias.png)