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Resolución A.G.I.P. N° 564/13 (B.O.C.A.B.A. 09/08/2013). Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Proveedores del GCBA. Monto Mínimo Sujeto a Retención para Operaciones Realizadas a través de Caja Chica. Resolución AGIP N° 200/08. Su Modificación.

Se establece que el importe mínimo sujeto a retención correspondiente al Impuesto sobre los Ingresos Brutos a aquellos proveedores que contrate el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a través de operaciones realizadas mediante cajas chicas será, a partir del 9 de agosto de 2013, de $ 5.000.-


Se establece que el importe mínimo sujeto a retención correspondiente al Impuesto sobre los Ingresos Brutos a aquellos proveedores que contrate el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a través de operaciones realizadas mediante cajas chicas será, a partir del 9 de agosto de 2013, de $ 5.000.-

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