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Suspensión de la normativa que limita las actividades de las cooperativas de trabajo

Cooperativas y mutuales servicios financieros

El INAES resolvió suspender por 120 días la ejecutoriedad de la Resolución 581/20. La medida busca abordar cuestiones relacionadas con las actividades permitidas para cooperativas de trabajo y promover consultas técnicas con la Secretaría de Trabajo de la Nación para resolver la problemática.


La Resolución 218/2025 dispone la suspensión temporaria de la normativa que había dejado sin efecto la Resolución N.º 1510/1994. Esta última prohibía que cooperativas de trabajo se dedicaran a actividades vinculadas a agencias de colocación, limpieza, seguridad, distribución de correspondencia y servicios eventuales.

El objetivo de la suspensión es generar un espacio de análisis y consultas técnicas que permitan dar una solución definitiva a las inquietudes planteadas por sectores cooperativos, organizaciones de trabajadores y entidades empresariales, según destacó el INAES.

El Directorio del Instituto también encomendó a su Presidencia llevar adelante gestiones ante la Secretaría de Trabajo de la Nación para resolver la situación generada por la aplicación de la normativa en cuestión.

Esta medida responde a la necesidad de brindar seguridad jurídica y proteger el interés público en el ámbito del cooperativismo de trabajo.

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