De acuerdo a lo establecido por la Resolución General 3781 de la AFIP, los empleadores que confeccionen el Libro de Sueldos y Jornales mediante el registro en hojas móviles deberán emitir dichas hojas vía “Internet” utilizando el sistema informático denominado “Libro de Sueldos Digital” de acuerdo a lo establecido en la Resolución Conjunta AFIP 3669 y MTEySS 941/14.
En una primera etapa, y según se informa en el sitio Diálogo Fiscal, se notificará a ciertos empleadores que rubrican “hojas móviles” del libro en la Provincia de Buenos Aires.
Los mismos serán notificados por la AFIP y el listado será publicado tanto por la AFIP como por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social en sus respectivos sitios web.