A partir del 1 de enero próximo, las deducciones personales del artículo 23 de la Ley del Impuesto a las Ganancias se actualizarán en un 28,77%.
El porcentaje surge de la diferencia del índice RIPTE, que mide las remuneraciones promedio de los trabajadores estables, según los datos del mes de octubre del corriente año en comparación con mismo mes del año anterior. (Ver más en Ganancias 2018: Las Deducciones Personales Y La Escala Del Artículo 90 Se Incrementarán Un 28,77%. Cuadro Resumen Con Los Nuevos Valores Estimados Vigentes Desde El 1 De Enero.)
En base a esta actualización, los sueldos de trabajadores solteros que superen los $ 35.970 quedarán alcanzados por el impuesto y por lo tanto estarán sujetos a retención por parte del empleador.
En tanto, aquellos empleados casados y sin hijos comenzarán a tributar el impuesto si cobran sueldos brutos superiores a $ 41.752.-
Para el caso de aquellos que estén casados y que también puedan deducir hijos, tributarán el impuesto sueldos superiores a $ 52.423.- en el caso de quienes tengan un solo hijo y superiores a $ 55.338.- para aquellos que tengan Dos hijos.
Vale aclarar que estos importes surgen solamente tomando en cuenta las deducciones personales del artículo 23 y no se computan otras que el trabajador podría deducir siempre y cuando así lo informe a su agente de retención mediante la presentación del formulario 572 web.