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A.G.I.P. Resolución Nº 406/13. Procedimiento Fiscal. Feria administrativa de invierno 2013.

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Resolución Nº 406/2013

Procedimiento Fiscal. Feria administrativa de invierno 2013.

Buenos Aires, 6 de junio de 2013

B.O.C.B.A. 11/06/2013

VISTO:

LA RESOLUCIÓN Nº 59/DGR/2006 (BOCBA Nº 2361), EL ARTÍCULO 4º DE LA LEY Nº 2603 (BOCBA Nº 2846) Y LA ACORDADA Nº 2/TSJ/13 DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES (BOCBA Nº 4151), Y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 1º de la Resolución Nº 59/DGR/2006 establece que en el ámbito de la actual Administración Gubernamental de Ingresos Públicos no se computan respecto de los plazos procedimentales, los días hábiles administrativos comprendidos dentro de la primera quincena de enero de cada año y la primera semana correspondiente a la feria judicial de invierno que se establezca cada año para el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por medio de la Acordada Nº 2/TSJ/13, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires ha dispuesto establecer la feria judicial de invierno entre los días 15 y 26 de Julio de 2013, ambas fechas inclusive.

Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE

Artículo 1.- Fíjase el período previsto en el artículo 1º, inciso b), de la Resolución Nº 59/DGR/2006 entre los días 15 y 19 de Julio de 2013, ambas fechas inclusive.

Artículo 2.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y gírese a las Direcciones Generales de Rentas, de Análisis Fiscal, de Relaciones Institucionales, de Estadística y Censos, Legal y Técnica y demás áreas dependientes de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos para su conocimiento y demás efectos. Comuníquese al Colegio Público de Abogados de la Capital Federal y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese.

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