En el ABC de preguntas y respuestas frecuentes, la AFIP informa que el vencimiento para la presentación del régimen de información previsto por el artículo 59 de la Res. Gral. 4816 operará el día 15/01/2021.
Así surge del ID 25839146 publicado con fecha 6/11/2020.
No obstante, la FACPCE en representación de los 24 Consejos Profesionales de Ciencias Económicas del país, envió una nota a la Administración Federal de Ingresos Públicos, solicitando aclaración y definición respecto del vencimiento para la presentación de la DDJJ informativa requerida por el Art. 59 de la RG 4816.
La solicitud de aclaración por parte de FACPCE surge ya que, en principio, en el EDI de fecha 16/10/2020, en respuesta de la pregunta tercera, AFIP responde que el vencimiento para la presentación de la declaración jurada informativa establecida por la RG 4816, operará el 15/12/2020.
Fuente: Redacción BdC