La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) notificó a más de 149.000 contribuyentes que por su nivel de ingresos reúnen condiciones para ser empleadores/as de personal de Casas Particulares. Se trata de una nueva campaña de inducción cuyo objetivo es el ingreso al empleo formal del personal de este sector, que en la actualidad presenta altos niveles de informalidad.
De acuerdo a los datos obrantes en las bases de la AFIP, el organismo notificó a ciertos contribuyentes que por su actividad económica podrían ser empleadores/as de personal que realiza tareas de limpieza, cuidado de personas y otras de tipo doméstico, pero que en la actualidad no registran el alta de ninguna trabajadora o trabajador.
Cabe destacar que el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, del que este año se cumplen 10 años de vigencia, garantiza derechos laborales como vacaciones, aguinaldo, aportes jubilatorios o ART para los/as trabajadores/as que se desempeñan en el ámbito doméstico.
Además, la correcta registración es compatible con la percepción de los beneficios de las políticas sociales como la Asignación Universal por Hijo, la Asignación Universal por Embarazo, la Tarjeta Alimentar, y programas como el Potenciar Trabajo, el Progresar o la tarifa especial en el transporte público.
Es obligación de las y los empleadores registrar la relación laboral; la falta de pago de las contribuciones impide que las trabajadoras accedan a una obra social, jubilación, ART, además de constituir una conducta que puede ser objeto de sanciones y multas.
Con estas acciones de fiscalización, la AFIP avanza en forma decidida en la lucha contra el trabajo informal y en pos de una sociedad más justa. Quienes deban registrar a la trabajadora o trabajador pueden encontrar más información en https://casasparticulares.afip.gob.ar/default.aspx
Además, continúa abierta la inscripción al Programa Registradas que consiste consiste en la transferencia de una suma del 50% del salario, por parte del Estado nacional, durante:
- 8 meses cuando se trate de poblaciones priorizadas y/o titulares de programas de inclusión laboral, siendo estos: – Persona travesti, transexual o transgénero – Es o fue titular del «Programa Acompañar» – Persona con discapacidad – Persona con hija o hijo con discapacidad
- 6 meses para el resto de trabajadoras
Más información en https://www.afip.gob.ar/registradas/.