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AFIP prorroga hasta el 31/8 la suspensión de embargos y de ejecuciones fiscales

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió la suspensión de los embargos a las pymes y de las ejecuciones fiscales hasta el 31 de agosto.

rg 4725 afip, rg 4706 afip, rg 4696 afip, rg 4683 afip, valores de autonomos desde marzo 2020, rg 4681, rg 4679, rg 4677, rg 4675, rg 4663, rg 4661 afipAFIP prorroga la feria fiscal y extiende la suspensión de las exclusiones del monotributoLa decisión del organismo ofrece alivio a las y los contribuyentes de todo el país en el marco de las medidas de aislamiento y distanciamiento social, preventivo y obligatorio.

La suspensión de los embargos para las pymes extiende por un mes el plazo previsto anteriormente en la normativa. La medida alcanza a alrededor de 1 millón de empresas que cuentan con el Certificado MiPyme.

La normativa referida a las ejecuciones fiscales, por su parte, prevé la suspensión de la gestión judicial del cobro de las obligaciones tributarias en aquellas jurisdicciones donde se hubiera habilitado el levantamiento de la feria judicial extraordinaria.

Las decisiones serán instrumentadas a través de dos resoluciones generales de la AFIP que serán publicadas mañana en el Boletín Oficial. 

Fuente: Prensa AFIP

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