Recordamos que, desde este año, y debido al índice de movilidad de las jubilaciones, los valores que deben abonar los autónomos se incrementan cuatro veces al año (en marzo, junio, septiembre y diciembre) en el mismo porcentaje que el mencionado aumento de los haberes previsionales.
La Resolución N° 88/18 de la ANSES fijó en el 5,69% el índice de movilidad de las jubilaciones para el mes de junio. En este artículo ya habíamos anticipado los importes con la actualización del índice.
Los nuevos importes son los que muestran seguidamente y recordamos que son los correspondientes al devengado junio con vencimiento en el mes de julio del corriente año y estarán vigentes hasta el mes de agosto con vencimiento en septiembre.
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