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AFIP suspende transitoriamente la percepción de IVA y Ganancias a la importación de bienes de primera necesidad

La Resolución General 5490/2024 de AFIP reduce temporalmente la carga impositiva sobre la importación de bienes esenciales, buscando aliviar el impacto de la inflación y favorecer la estabilidad económica.


La Resolución General 5490/2024 de AFIP reduce temporalmente la carga impositiva sobre la importación de bienes esenciales, buscando aliviar el impacto de la inflación y favorecer la estabilidad económica.

En el marco de una inflación persistente, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha tomado medidas para aliviar la carga impositiva sobre la importación de ciertos bienes esenciales. Este lunes 18 de marzo, se ha publicado en el Boletín Oficial la Resolución General 5490/2024, que modifica disposiciones anteriores respecto a la percepción del impuesto a las ganancias y al impuesto al valor agregado (IVA).

La Resolución General N° 2.281, junto con sus modificatorias y complementarias, estableció un régimen de percepción del impuesto a las ganancias aplicable a las operaciones de importación definitiva de bienes, a menos que estén exceptuados por normativas específicas. Asimismo, la Resolución General N° 2.937, con sus modificaciones correspondientes, implementó un régimen de percepción del IVA en el momento de la importación definitiva de ciertos bienes gravados por dicho impuesto, exceptuando aquellos que estén legalmente exentos.

En el contexto de una economía afectada por la inflación, la AFIP ha decidido intervenir para mitigar los efectos adversos sobre los sectores más vulnerables. En esta línea, la Resolución General 5490/2024 busca reducir la carga impositiva sobre la importación de una canasta de bienes de primera necesidad, con el fin de propiciar una disminución en los precios de estos productos. Esta medida se enmarca en la política económica nacional orientada a combatir la inflación.

Para alcanzar este objetivo, la resolución exceptúa transitoriamente, por un plazo de 120 días corridos, del régimen de percepción del IVA y del impuesto a las ganancias, a las mercaderías detalladas en un Anexo específico que forma parte de la normativa.

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En términos de su aplicación, las disposiciones de esta resolución entrarán en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

Se espera que esta medida tenga un impacto positivo en la economía, al facilitar el acceso a productos básicos para la población y contribuir a la estabilidad en los precios de estos bienes esenciales.

 

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1 comentario en “AFIP suspende transitoriamente la percepción de IVA y Ganancias a la importación de bienes de primera necesidad”

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