Blog del Contador Planes de Suscripción


ARBA implementa nuevo plan de pagos para deuda corriente: las claves

ARBA implementa nuevo plan de pagos para deuda corriente: las claves

La medida fue oficializada a través de la Resolución Normativa 13/2022 publicada en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires el pasado miércoles 1° de junio.


La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) instrumentó un nuevo plan de pagos que le permitirá a pymes, comercios y otros contribuyentes regularizar sus deudas de impuestos bonaerenses vencidas a lo largo de este año hasta en 24 cuotas.

La medida fue oficializada a través de la Resolución Normativa 13/2022 publicada en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires el pasado miércoles 1° de junio.

¿Qué deudas se pueden incluir y cual es su vigencia?

Este plan de pagos estará en vigencia desde el 1° de junio de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022 y prevé un régimen para la regularización de deudas provenientes de los siguientes impuestos:

  • Inmobiliario (básico y complementario)
  • Automotores (vehículos y embarcaciones deportivas)
  • Ingresos Brutos

Por las obligaciones vencidas o devengadas entre el 1° de enero de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2022, incluyendo sus intereses, accesorios y multas por infracciones relacionadas con estos conceptos.

Cristian Girard, director de ARBA, subrayó que “se trata de un programa orientado a impuestos corrientes, que abarca, por un lado, las cuotas vencidas entre enero y mayo de 2022, y que, a la vez, incorpora la posibilidad de ir adhiriendo a un plan de pagos aquellas deudas que pudieran generarse de acá a fin de año”.

“Desde la Provincia les estamos dando previsibilidad a las y los contribuyentes para que, en caso de que tengan problemas para abonar cualquier impuesto en tiempo y forma, cuenten con la tranquilidad de saber que podrán financiarlo en cuotas, suscribiéndose a este plan”.

¿Cómo es la adhesión al plan de pagos?

La adhesión al Plan de Pagos deberá realizar a través del sitio oficial de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (www.arba.gob.ar) ingresando con CUIT y Clave de Identificación Tributaria (CIT).

Te puede interesar:   La Provincia de Buenos Aires actualiza los montos para ser agente de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos

¿Cuáles son las formas de pago?

El pago de las obligaciones regularizadas podrá realizarse de acuerdo a las siguientes modalidades:

  • Al contado.
  • En 6 (seis) y hasta 12 (doce) cuotas mensuales, iguales y consecutivas. Cada cuota devengará un interés de financiación del siete por ciento (7 %) mensual sobre saldo.
  • En 15 (quince) y hasta 24 (veinticuatro) cuotas mensuales, iguales y consecutivas. Cada cuota devengará un interés de financiación del seis con cincuenta por ciento (6,50 %) mensual sobre saldo.

La liquidación o pago de cuotas podrá realizarse en efectivo o por pago electrónico y los mismos vencerán el día diez (10) de cada mes o el inmediato posterior día hábil.

La caducidad del plan de pagos se producirá, con el acontecimiento de cualquiera de los siguientes hechos:

  • Falta de pago al vencimiento del plazo previsto para la modalidad de cancelación al contado.
  • Mantenimiento de cuotas impagas al cumplirse cuarenta y cinco (45) días corridos de su vencimiento.

Producida la caducidad, se perderán los beneficios acordados y los pagos efectuados serán considerados como pagos a cuenta de dicho impuesto.

¿Cuáles son las obligaciones excluidas del plan de pagos?

Se encuentran excluidas de este régimen:

  • Las deudas de los agentes de recaudación.
  • Las deudas reclamadas mediante juicio de apremio y las provenientes de regímenes de regularización caducos entre el 1° de enero y hasta el 31 de diciembre de 2022.
  • Las deudas provenientes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos sometidas a proceso de fiscalización, de determinación o en discusión administrativa.
  • Las deudas de contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos provenientes del Régimen Simplificado.
  • Las multas dispuestas de conformidad con lo establecido por los artículos 60, párrafo segundo, 62, inciso a), 72, 82 y 91 del Código Fiscal -Ley Nº 10.397 (t.o. 2011) y modificatorias-.
Te puede interesar:   La Provincia de Buenos Aires actualiza los montos para ser agente de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos
Blog del Contador Planes de Suscripción


Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

This site uses Akismet to reduce spam. Learn how your comment data is processed.

Scroll al inicio
×