Este conjunto de iniciativas está compuesto por: un programa de asistencia tributaria de emergencia instrumentado por ARBA con seis propuestas específicas para distintos contribuyentes; un programa de preservación de las fuentes de empleo que desarrolla el Ministerio de Trabajo; la creación de un fondo municipal para la reactivación de la cultura y el turismo; y un programa de asistencia financiera del Banco Provincia con tres líneas de financiamiento entre las que se encuentra el Programa Compre Bonaerense.
“Este plan de asistencia a diferentes sectores especialmente afectados por la pandemia es consecuencia de una coordinación con la Nación y con diferentes áreas de la provincia, vinculadas a la producción, el comercio, los servicios y el trabajo”, señaló Kicillof sobre estas políticas que “apuntan a un universo inmenso de empresas y que son el resultado del análisis y el trabajo conjunto con todas las asociaciones empresarias con actividad en la provincia de Buenos Aires”.
1. Programa de Asistencia Tributaria de Emergencia
1.1 Reducción de Alícuota de los Regímenes de Deducciones – ARBA
Dado que la pandemia afecta seriamente los ingresos y la liquidez de muchos contribuyentes, ARBA modifica los mecanismos de recaudación anticipada de los Ingresos Brutos a través de los regímenes de percepción y retención, para dar margen financiero a las empresas más afectadas. El objetivo es tomar menos deducciones con relación al impuesto a pagar, así como disminuir la generación de Saldos A Favor y el capital de trabajo de las empresas más afectadas, en ciertos casos.
Destinatarios
Pequeños contribuyentes de Ingresos Brutos afectados por la pandemia y con alto nivel de cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Beneficios
• Disminución de deducciones, en particular las percepciones y las retenciones bancarias
• Disminución de la generación de Saldos a Favor del contribuyente
• Aumento de liquidez disponible
Requisitos
• Ser persona humana o jurídica contribuyente de IIBB con actividad en la Provincia de Buenos Aires.
• Estar inscripto en el Registro ActiBA
• Facturación en el país menor a 1 millón de pesos durante 2019
• Tener ingresos afectados por la pandemia
• Aumento en la relación entre deducciones e ingresos
• No tener incumplimientos ni indicios de evasión
El beneficio lo otorga de oficio ARBA en función del análisis de la situación del contribuyente, sus niveles de cumplimiento y la acción de los regímenes de recaudación.
1.2 Beneficio Financiero a los Agentes de Recaudación ARBA
Se crea un plan que permitirá a los agentes regularizar sus deudas por omisión, que son las deudas que tienen los agentes por no haber actuado como tales cuando les correspondía, o bien por haber aplicado alícuotas de recaudación menores a las que debían aplicar.
Por otro lado, se lleva el vencimiento del Régimen General de Percepciones, en la modalidad de lo percibido, de un esquema de vencimientos quincenal a uno mensual. Esto trae un alivio financiero a los agentes y una reducción de la carga administrativa del régimen. Al mismo tiempo se habilita la migración de modalidades durante el mismo año, de forma tal de que aquellos que se encuentren operando por la modalidad de lo devengado puedan pasar al percibido y reducir la carga financiera en un contexto de estrés en la cadena de pagos.
Destinatarios
Agentes con deudas por omisión. Agentes del Régimen General de Percepción que operen en la opción de percibido. Agentes del Régimen General de Percepción que operen por la opción de devengado y quieran migrar a la opción de lo percibido.
Beneficios
• Regularización de deudas de omisión
• Aumento de plazos para ingresar las percepciones practicadas
• Reducción de la carga administrativa que implica operar como agente en el régimen
• Flexibilidad para cambiar de operatoria Requisitos
• Para el plan de pagos: tener deudas por omisión de agente y estar inscripto en el registro Buenos Aires ActiBA
• Para el resto de los beneficios: ser agente del Régimen General de Percepciones
1.3 Compensación de Impuestos Provinciales ARBA
Esta medida permite a los contribuyentes de Ingresos Brutos con Saldos a Favor aplicar esos saldos a la cancelación de deudas de los impuestos Automotor e Inmobiliario.
Destinatarios
Contribuyentes de Ingresos Brutos de la Provincia de Buenos Aires con Saldos a Favor en la cuenta corriente del impuesto y con deudas de Impuestos Patrimoniales.
Beneficios
• Cancelación de deudas de Impuesto Automotor e Inmobiliario mediante la utilización de Saldos a Favor en la cuenta corriente de IIBB
• Detiene la acumulación de multas e intereses en deudas sobre impuestos patrimoniales, así como el proceso de cobranza por apremio
• Eleva a $300.000 el monto para las devoluciones automáticas de Saldos a Favor
Requisitos
• Ser persona humana o jurídica contribuyente de IIBB con actividad en la Provincia de Buenos Aires
• No tener incumplimientos ni indicios de evasión
• Tener Saldo a Favor en IIBB
1.4 Plan de Pagos COVID-19 ARBA
Un plan de pagos orientado a las deudas por obligaciones devengadas o vencidas durante la emergencia sanitaria.
El plan está orientado a la cancelación de deudas por impuestos generados durante el corriente año, atendiendo a las dificultades económicas y financieras que produce la pandemia.
Destinatarios
Contribuyentes afectados por la pandemia que no hayan podido cancelar sus obligaciones correspondientes a los primeros meses de la emergencia.
Beneficios
• Regularización de deudas generadas durante la Pandemia
• 60 días de período de gracia
• 12 cuotas sin interés
• 18 cuotas con tasa fija
Requisitos
• Ser persona humana o jurídica con actividad en la Provincia de Buenos Aires.
• Estar inscripto en el Registro ActiBA
• Tener ingresos afectados por la pandemia
1.5 Bonificación de Ingresos Brutos ARBA
Se trata de un alivio fiscal para los contribuyentes más afectados por la pandemia.
Destinatarios
Contribuyentes de Ingresos Brutos de la Provincia de Buenos Aires que realicen actividades especialmente afectadas por la pandemia:
• Comercios y servicios como peluquerías, centros de estética, venta de indumentaria y otros comercios barriales que no pudieron desarrollar sus actividades
• Otras actividades que, si bien pudieron trabajar, tuvieron importantes limitaciones en su funcionamiento e ingresos como es el caso de la gastronomía y los servicios de enseñanza
• Actividades culturales y deportivas que implican la concurrencia de personas y por lo tanto no pudieron desarrollarse. Éste es el caso, entre otros, de los espectáculos teatrales, musicales, artísticos y deportivos
• Servicios relacionados con el turismo. Este sector, junto a la cultura y los espectáculos deportivos serán los más afectados por la pandemia. Dentro de la actividad se enmarcan los servicios de alojamiento, transporte, agencias de viaje, etc.
• Actividades vinculadas a la construcción: La merma en la construcción en toda la Provincia sumada al ASPO en el AMBA implicó que éste fuera uno de los sectores más afectados por la pandemia
Beneficios
• Bonificación del 15% en el impuesto a los Ingresos Brutos por el resto del 2020 por los ingresos declarados en actividades afectadas
• Bonificación adicional del 35% (totalizando un 50%) para las empresas afectadas que cumplan las condiciones para ser MiPyMEs
Requisitos
• Ser persona humana o jurídica contribuyente de IIBB con actividad en la Provincia de Buenos Aires.
• Estar inscripto en el Registro ActiBA
• Haber declarado ingresos significativos en actividades alcanzadas por el beneficio entre abril 2019 y marzo 2020
• El incremento de la base imponible declarada en los anticipos de los meses de abril y mayo del año 2020, resultante de la acumulación de ambos, no debe superar el cinco por ciento (5%) respecto del mismo período acumulado del año 2019
• Para acceder a la bonificación adicional, cumplir con las condiciones para ser considerada MiPyME
1.6 Extensión de Planes Generales de Pago ARBA
Extensión de los planes de pago vigentes en ARBA para abarcar deudas devengadas o vencidas hasta el 31/5/2020.
Destinatarios
Todos los contribuyentes de la Provincia de Buenos Aires con deudas devengadas hasta mayo de 2020.
Beneficios
• Tasa fija
• Hasta 60 cuotas
Requisitos
• Ser contribuyente en la Provincia de Buenos Aires
2. Programa de Preservación del Trabajo
Programa de Preservación del Trabajo Ministerio de Trabajo
El PROGRAMA tiene por objeto contribuir al sostenimiento de las fuentes y puestos de trabajo en sectores de la actividad económica particularmente afectados por el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio y aportar a la concreción de planes de reactivación y/o reconversión de las Micro y Pequeñas unidades productivas en el marco de la emergencia sanitaria, social y económica con el propósito de sostener y fortalecer las fuentes y puestos de trabajo existentes en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires.
Destinatarios
• Actividades afectadas por la pandemia en el AMBA (imposibilidad de funcionar y caída de ingresos, como comercio minorista no esencial, servicios, gastronomía).
• Micro y pequeñas unidades productivas que no hubieran obtenido otros beneficios dinerarios de similares características y por el mismo objeto, otorgado por cualquier otra jurisdicción nacional y/o provincial.
Beneficios
• La asistencia económica del PROGRAMA PRESERVAR TRABAJO consiste en una prestación dineraria no reembolsable asignada a los trabajadores en forma individual, la que no podrá superar el 50% del valor del SMVM al momento del otorgamiento.
• La misma se establece en PESOS OCHO MIL QUINIENTOS ($ 8.500) por un período inicial de TRES (3) meses, prorrogables hasta un máximo de DOCE (12) meses o mientras dure la emergencia sanitaria, social y económica si su plazo fuera menor.
Requisitos
• Cumplimiento de las condiciones de acceso al beneficio.
• Inscripción al registro Buenos Aires ActiBA.
3. Programa de Asistencia Financiera COVID-19
3.1 Préstamo EVOLUCIÓN BAPRO
Destinatarios
Empresas que se encuentren radicadas en la Provincia de Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con un cupo máximo de $5.000 millones de pesos.
Beneficio
• Destino de los fondos: Capital de Trabajo.
• Tasa: 35% fija.
• Período de gracia para el pago del capital: 3 meses.
• Plazo y forma de pago: 12 meses. P.A.IV, aplicándose el sistema de amortización alemán, con periodicidad mensual.
• Monto máximo por beneficiario: $ 5.000.000 • Comisión: exenta.
• Garantía: A satisfacción del Banco.
Requisitos
• Cumplimiento de las condiciones para acceder al crédito.
• Inscripción al registro Buenos Aires ActiBA.
3.2 Tarjeta PACTAR – BAPRO
Es una Tarjeta de Compra para Empresas destinada a la adquisición de bienes de capital, insumos y materias primas. El titular de PACTAR (usuario) elige a la empresa adherida, quien procesa la compra a través de una terminal P.O.S.
La empresa proveedora puede recibir los fondos dentro de las 48 horas de realizada la venta. La empresa compradora recibe financiamiento de hasta 180 días.
Destinatarios
• Empresas de la Provincia de Buenos Aires.
Beneficio
• Tarjeta de compra para empresas destinada a la adquisición de bienes de capital, insumos y materias primas.
Requisitos
• Para la empresa proveedora: contar con una cuenta corriente en el BAPRO y suscribir el formulario de adhesión.
• Para la empresa compradora (usuario): contar con una cuenta en el BAPRO y calificación crediticia.
• Inscripción al registro Buenos Aires ActiBA.
3.3 Programa Compre Bonaerense BAPRO
Destinatarios
• Empresas de la Provincia de Buenos Aires.
Beneficio
• Financiamiento para la adquisición de bienes de capital nuevos y usados, para ser aplicados a la producción de bienes y servicios. Hasta 100% de la inversión.
• En 36, 48 y 60 meses. Tasas de 20%, 22% y 24%. Por un monto de hasta $350 millones.
Requisitos
• Estar registrada y presentar la constancia de inscripción “Buenos Aires ActiBA”.
• Demostrar que el lugar de producción, su red de comercialización y servicio de postventa es en la Provincia de Buenos Aires.
• Las empresas deben reconocer al banco una comisión del 15% sobre toda suma que se liquide al cliente.
4. Fondo Especial Municipal para la Asistencia de Sectores Turísticos y Culturales
Fondo Especial Municipal para la Asistencia de Sectores Turísticos y Culturales Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica
Este fondo se destinará a los municipios para asistir a dos de los sectores más afectados por la pandemia, la Cultura y el Turismo, ambos con necesidad de inversión para adecuar su infraestructura a los nuevos protocolos sanitarios.
Cada municipio deberá seleccionar qué empresas, prestadores y emprendimientos culturales y turísticos serán los beneficiarios. Se trata de dos sectores con alta informalidad y que, además de la imposibilidad de funcionar desde el inicio de la pandemia, hoy sufren la incertidumbre sobre el flujo de sus ingresos futuros.
Este fondo municipal tendrá un total de 300 millones de pesos y estará destinado a financiar gastos de mantenimiento y reacondicionamiento de los locales y espacios, y a la compra de insumos, materiales y equipos necesarios para el reinicio de sus actividades.
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