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ARCA redefine el régimen para designar a los grandes contribuyentes nacionales

La medida introduce criterios objetivos y sistemáticos para la designación de estos sujetos, como el volumen de ventas y exportaciones, nivel de empleo, movimientos financieros, operaciones con divisas, entre otros.


La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció un nuevo marco normativo para la determinación de grandes contribuyentes nacionales, a través de la Resolución General 5670/2025, publicada en el Boletín Oficial del 7 de abril.

La medida introduce criterios objetivos y sistemáticos para la designación de estos sujetos, como el volumen de ventas y exportaciones, nivel de empleo, movimientos financieros, operaciones con divisas, tenencia de bienes, capacidad operativa y vínculos societarios, entre otros. La responsabilidad de confeccionar la nómina recae ahora en la Dirección General Impositiva, en coordinación con las áreas de Fiscalización y Recaudación.

Revisión periódica y nuevas incorporaciones automáticas

Según el nuevo régimen normativo, la nómina será revisada cada dos años, aunque se permiten incorporaciones excepcionales de hasta un 10% del total fuera de ese período, siempre que estén debidamente justificadas.

Un punto a tener en cuenta es que a partir de esta nueva reglamentación, serán incorporados automáticamente a la nómina, desde el cumplimiento de las condiciones respectivas:

    • Sujetos obligados a presentar el Informe país por país.

    • Empresas que celebren acuerdos de precios de transferencia.

    • Vehículos de Proyecto Único (VPU) y personas jurídicas que los integren.

Asimismo, la nueva resolución deroga una serie de normas vinculadas a la anterior estructura de la AFIP, disuelta por el Decreto 953/2024, en línea con la reestructuración del organismo recaudador.

Además, se estableció que “la incorporación y/o desafectación de contribuyentes y responsables a la nómina aludida en el artículo 1° se formalizará mediante acto administrativo emitido por la Dirección General Impositiva, el que será notificado al Domicilio Fiscal Electrónico o a través de las restantes formas previstas en el artículo 100 de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones”.

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La Resolución ya se encuentra vigente desde su publicación y tiene como objetivo optimizar los niveles de control y servicio para los contribuyentes más relevantes del país, bajo un enfoque más técnico, moderno y transparente, según consignó el Organismo.

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