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ARCA habilitará nuevo plan de pagos para MiPyMEs y pequeños contribuyentes

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Esta medida se da en el marco de la eliminación de la suspensión del inicio de juicios de ejecución fiscal y traba de embargos para estos contribuyentes.


ARCA plan de pagos

ARCA plan de pagos para MiPyMES y pequeños contribuyentes hasta 48 cuotas ¿Cómo acceder a los beneficios? ¿Cuál es la tasa de financiación?

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informó hoy mediante un comunicado de prensa que habilitará desde febrero nuevos planes de facilidades de pago de hasta 4 años para las Micro, Pequeñas o Medianas Empresas, entidades sin fines de lucro, contribuyentes del sector de salud y pequeños contribuyentes, para regularizar sus deudas tributarias. 

La medida será publicada en las próximas horas en el Boletín Oficial. 

Esta medida se da en el marco de la eliminación de la suspensión del inicio de juicios de ejecución fiscal y traba de embargos que se dio a conocer hoy mediante resolución del Ministerio de Economía.

Según esa misma resolución, se prorrogará hasta el 31 de julio de 2025 la suspensión de ejecuciones fiscales y embargos para entidades sin fines de lucro y contribuyentes pertenecientes al sector de salud. 

¿Cómo es el nuevo plan de facilidades de pago? 

Según lo informado por ARCA, las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, a tasa fija (no se cambia la tasa de financiación durante la vigencia del plan de pagos). 

El plan contiene una importante reducción de la tasa de financiación y no requerirá ingreso de un pago a cuenta. 

Según el Organismo a cargo de Juan Alberto Pazo, esta medida busca brindar mayor flexibilidad a los contribuyentes para que puedan ponerse al día con sus obligaciones tributarias no prescriptas, inclusive las no regularizadas en la moratoria recientemente finalizada. 

¿Cómo es la financiación? 

Para pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud será un 25% sobre la tasa de interés resarcitorio vigente al momento de la implementación del régimen. De acuerdo a las tasas vigentes, el interés de financiación estaría rondando el 1,86% aunque podría ser menor si baja la tasa de referencia.

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En el caso de las medianas empresas -Tramos 1 y 2- se aplicará un 40% sobre la tasa de interés resarcitorio vigente al momento de la implementación del régimen. Para estos sujetos el costo de financiar estas deudas de ARCA sería aproximadamente de un 2,98%.

La tasa de interés resarcitorio vigente a la fecha es 7,47% siendo su próxima actualización a partir de febrero próximo.

Tipo de contribuyentes Tipos de deuda  Cantidad máxima de cuotas
Pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud. Obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social (excepto retenciones y percepciones impositivas). Obligaciones aduaneras. 48
Medianas empresas -Tramos 1 y 2-. Obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social (excepto retenciones y percepciones impositivas). Obligaciones aduaneras. 36
Pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud. Retenciones y percepciones impositivas 24
Medianas empresas -Tramos 1 y 2-. Retenciones y percepciones impositivas. 18

¿Cómo acceder a los beneficios? 

La adhesión podrá realizarse desde el 3 de febrero hasta el 30 de abril de 2025, ambos inclusive, a través del sistema informático “Mis Facilidades” con Clave Fiscal. 

Señalamos que durante enero no habrá juicios ni embargos por la feria fiscal que suspende los plazos procedimentales desde el 1º al 31 de dicho mes.

Requisitos: 

  • Domicilio Fiscal Electrónico constituido. 
  • Declaraciones juradas presentadas. 
  • CUIT activa. 
  • CBU informada. 

¿Qué obligaciones se encuentran incluidas? 

Todas las obligaciones vencidas hasta el 31 de diciembre de 2024, detalladas a continuación: 

  • Impositivas y de los recursos de la seguridad social, incluidas sus intereses y multas. 
  • Retenciones y percepciones impositivas. 
  • Multas impuestas, cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de los citados tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones, así como sus intereses.
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