Ley 27446: Simplificación y Desburocratización de la Administración Pública Nacional (Firma Digital y UIF).
Se modifican la Ley N° 25.506 de Firma Digital y la Ley N° 25.246 modificatoria del Código Penal de la Nación.
Se modifican la Ley N° 25.506 de Firma Digital y la Ley N° 25.246 modificatoria del Código Penal de la Nación.
Se establece para las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS), la interacción entre la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS y la DIRECCIÓN GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS de la Provincia de Córdoba, en el ámbito de sus respectivas competencias, con relación al procedimiento registral y al de asignación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) a través de Servicios Web.
Se aprueba el “Sistema Único Tributario” -en adelante el “Sistema”-, en el ámbito de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, con el fin de promover la simplificación y unificación de los trámites del orden tributario nacional y de las administraciones tributarias provinciales que adhieran al mismo por convenios o normas particulares. El “Sistema” implica la recaudación conjunta de los tributos correspondientes a los Regímenes Simplificados nacional, provincial y en su caso, municipal o comunal, que pudieren recaer sobre el pequeño contribuyente.
A partir del 1° de julio, la AFIP, Rentas de la Provincia y Municipios adheridos, ponen en marcha el Monotributo Unificado Córdoba.
Próximamente estaremos subiendo una versión más completa y con mayor automatización de procesos como así también con la posibilidad de emitir el certificado de retención y su importación al SICORE.
Se establece precisar el contexto laboral y mejorar la individualización de las personas relevadas como consecuencia de las acciones tendientes a verificar el cumplimiento de la normativa laboral, por lo que resulta necesario aprobar el nuevo modelo del Acta de Constatación de Indicios de Explotación Laboral y su Anexo I, como también el Instructivo que establece las pautas y aclaraciones necesarias para la confección de dicha acta.
Se establece que los contribuyentes y/o responsables que tengan medidas cautelares trabadas por orden judicial en el marco de un juicio de ejecución fiscal, podrán cancelar las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social reclamadas con las sumas embargadas, mediante alguno de los procedimientos que se establecen por la presente.
Ponemos a disposición una guía paso a paso elaborada por AFIP y adaptada por nosotros para incorporar deuda sin haber presentado la DDJJ correspondiente al plan de facilidades especial de la Resolución General 4057 (Ganancias y Bienes Personales).
Se declara inhábil el día 17 de mayo de 2018 a los fines del cómputo de los plazos procesales en todas las actuaciones administrativas que tramitan ante los organismos de aplicación del Convenio Multilateral del 18.08.77, sin perjuicio de la validez de los actos que se hubieren realizado.
Se establece que se entiende por Pequeñas y Medianas Empresas CNV (PYMES CNV) al sólo efecto del acceso al mercado de capitales, a las empresas constituidas en el país cuyos ingresos totales anuales expresados en pesos no superen los valores establecidos en la presente.
En el día de ayer fue presentado un proyecto de ley mediante la cual se estipula la exención del sueldo anual complementario con ciertos límites y condiciones. Sin embargo, por aplicación de la normativa vigente en la materia, a los empleados ya se les viene reteniendo proporcionalmente mes a mes el importe que corresponde al aguinaldo.
Se deberá elegir primeramente la fecha de consolidación del plan y pago de la primera cuota, luego la categoría de riesgo en SIPER y finalmente el total a incluir en el plan.
Se estableció un aumento del 20% respecto a las remuneraciones del mes de Abril/18, remunerativo y no acumulativo, a abonarse de en tres tramos.
Se estableció un aumento del 20% respecto a las remuneraciones del mes de Marzo/18, remunerativo y no acumulativo, a abonarse de en tres tramos.
Se estableció un aumento del 15% respecto a las remuneraciones del mes de Marzo/18, remunerativo y no acumulativo, a abonarse de en dos tramos.