Resolución General 3943 AFIP. Modificaciones al Régimen de Sinceramiento Fiscal y Moratoria Impositiva de la Ley 27260.
Modifícase la Resolución General N° 3.919, su modificatoria y su complementaria, en la forma que se indica seguidamente:
Modifícase la Resolución General N° 3.919, su modificatoria y su complementaria, en la forma que se indica seguidamente:
Establecer para todos los contribuyentes de Convenio Multilateral —con la excepción prevista en el artículo 3°— el uso obligatorio del Módulo DDJJ “Generación de Declaraciones Juradas Mensuales (CM03 y CM04) y Anuales (CM05) del Sistema SIFERE WEB” —aprobado por Resolución General N° 11/2014 de esta Comisión Arbitral—, para la presentación de declaraciones juradas mensuales a partir del 1° de Noviembre de 2016. Para su uso deberán considerarse las disposiciones previstas en la mencionada resolución.
Prorrógase hasta el 31 de octubre de 2016, el plazo establecido en el artículo 15 de la Resolución N° 405/AGIP/2016, por medio del cual se considerará efectuada en término la registración prevista en el artículo 4° de la Resolución N°405/AGIP/2016.
De conformidad a lo previsto por el cuarto párrafo del Artículo 1° de la Resolución General AFIP N° 3640 se procede a la publicación del listado de los contribuyentes excluidos de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.
La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) reglamentó el Título II de la Ley CABA 5616 por la cual la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhiere al Régimen de Sinceramiento Fiscal establecido por la Ley 27260 y establece una regularización excepcional de obligaciones tributarias.
Durante esta semana vence el plazo para cumplir con la obligación de la presentación de la Declaración Jurada Informativa Cuatrimestral para aquellos contribuyentes del Régimen Simplificado que estén encuadrados en dicha obligación de acuerdo a lo estipulado por la Resolución General AFIP N° 2888.
El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de CABA habilitó, después de tres postergaciones consecutivas, en el día de hoy la validación de los matriculados que deseen inscribirse como auxiliares de la justicia durante el año 2017 la cual estará disponible hasta el 31 de octubre del corriente año.
Aquellos contribuyentes que quieran adherir al plan de facilidades de pago de la Ley 27260 (Sinceramiento Fiscal) y no tengan cuenta bancaria o teniéndola no puedan disponer de ella, podrán elegir a un tercero para que abone el pago a cuenta del mismo mediante volante electrónico de pagos.
La Resolución General 3936 de la AFIP estableció la obligatoriedad de cumplir con el pago mensual vía electrónica a monotributistas y autónomos de las categorías mas elevadas desde el próximo mes de octubre.
La Administración Federal de Ingresos Públicos publicó en su sitio web los nuevos valores de los aportes mensuales a abonar por los trabajadores autónomos desde el mes de septiembre cuyo vencimiento opera los primeros días del mes de octubre.
Créanse instrumentos de ahorro, préstamo e inversión denominados en Unidades de Vivienda (UVIs), cuya principal función será la de captar el ahorro de personas físicas y jurídicas, o de titularidad del sector público, y destinarlo a la financiación de largo plazo en la adquisición, construcción y/o ampliación de viviendas en la República Argentina.
Modifícase la Resolución General N° 2.118 y sus modificatorias, en la forma que se indica a continuación:
Los trabajadores autónomos que se encuentren encuadrados en las categorías III, III’, IV, IV’, V y V’ de la Tabla I del Anexo II del Decreto N° 1.866 del 12 de diciembre de 2006, y los pequeños contribuyentes encuadrados en las categorías H, I, J, K y L del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), deberán cumplir con las obligaciones de pago mensual, previstas en el Artículo 29 de la Resolución General N° 2.217, sus modificatorias y sus complementarias y en el Artículo 29 de la Resolución General N° 2.746 y sus modificatorias, mediante alguna de las modalidades que se indican a continuación.
Durante todo el mes de septiembre rige el plazo para efectuar la recategorización en el régimen simplificado del impuesto sobre los ingresos brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Con el objeto de acentuar su política de bancarización e inclusión financiera, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) sancionó una norma que permitirá la apertura de una caja de ahorro a través de medios electrónicos, sin necesidad de que el cliente se presente en una sucursal bancaria.