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B.O. 27/06/2013. Resolución S.T. Nº 654/13. Homologase Acuerdo. Empleados Algodoneros. Rama Desmotadores. C.C.T. Nº 446/06, 447/06, 387/04 y 388/04.

A través de la presente se declara homologado el Acuerdo obrante a fojas 2/4 del Expediente Nº 1.514.464/12, agregado como foja 399 al principal, celebrado y ratificado entre la FEDERACION DE TRABAJADORES DEL COMPLEJO INDUSTRIAL OLEAGINOSO, DESMOTADORES DE ALGODON Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, el SINDICATO DE TRABAJADORES ACEITEROS Y DESMOTADORES DE ALGODON, por el sector sindical, y en representación del sector empresarial, la ASOCIACION DE DESMOTADORES ALGODONEROS ARGENTINOS (A.D.A.) y la UNION DE COOPERATIVAS AGRICOLAS ALGODONERAS LIMITADA (UCAL), conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).


A través de la presente se declara homologado el Acuerdo obrante a fojas 2/4 del Expediente Nº 1.514.464/12, agregado como foja 399 al principal, celebrado y ratificado entre la FEDERACION DE TRABAJADORES DEL COMPLEJO INDUSTRIAL OLEAGINOSO, DESMOTADORES DE ALGODON Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, el SINDICATO DE TRABAJADORES ACEITEROS Y DESMOTADORES DE ALGODON, por el sector sindical, y en representación del sector empresarial, la ASOCIACION DE DESMOTADORES ALGODONEROS ARGENTINOS (A.D.A.) y la UNION DE COOPERATIVAS AGRICOLAS ALGODONERAS LIMITADA (UCAL), conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

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