La Secretaría de Trabajo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación homologó el convenio colectivo de trabajo 748/2017, celebrado entre el Sindicato de las Barracas de Lanas, Cueros, Cerdas, Pinceles, Lavaderos de Lanas y Peinadurías y la Federación Lanera Argentina, que reemplaza a su anterior, el CCT 570/2009.
El nuevo CCT alcanza a los obreros que presten servicios en todo el país en barracas de lanas, lavaderos de lanas, peinadurías y en todo establecimiento donde se acopie lana, cueros lanares, cueros vacunos y se produzca lavado, clasificación de lana, clasificación de cueros lanares y clasificación de cueros vacunos, cardado, peinado, embalaje, enfardelaje y prensado, como así también donde se produzcan y desarrollen procedimientos industriales de fibras lanares y de todo tipo de lana.
La homologación fue dispuesta por la Resolución N° 666/17 de la Secretaría de Trabajo de fecha 26/07/2017.
El nuevo CCT tendrá una vigencia de 3 años contados a partir del 26 de julio de 2017.
Cabe mencionar que las escalas salariales vigentes para el período Mayo/17 a Abril/18 son las que fueron acordadas con fecha 17/07/2017 y que se pueden descargar acá.
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