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Blanqueo: AFIP confirmó que los monotributistas no serán excluidos

La RG 5561 dispone que los bienes regularizados no tendrán efecto hacia atrás respecto de la categorización y/o exclusión del Monotributo. Pero ¿Qué sucedería hacia adelante?


En el marco del Nuevo Pacto Fiscal, y a partir del Decreto 773/2024, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) introdujo precisiones al Régimen de Regularización de Activos.

A través de la Resolución General N°5561/24, que se publicará próximamente en el Boletín Oficial, el organismo reglamentó ciertos aspectos para monotributistas, regularización de obras sobre inmuebles, bienes de cambio y otros.

Con relación a los sujetos que se encuentren adheridos al Monotributo, la reglamentación de AFIP dispuso que la tenencia declarada voluntariamente en el marco del Régimen de Regularización de Activos no deberá ser tenida en cuenta como antecedente a los fines de la exclusión o recategorización del pequeño contribuyente declarante respecto de los períodos anteriores a dicha declaración.

Durante el «Sinceramiento Fiscal» del Gobierno de Mauricio Macri, la AFIP, por medio de la RG 3919 estableció una especificación muy similar para evitar que la condición de monotributista pueda verse alterada si se ingresa al blanqueo. «La tenencia declarada voluntariamente en el marco de la Ley N° 27.260 no deberá ser tenida en cuenta como antecedente a los fines de la exclusión o recategorización del sujeto declarante, en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) respecto de los períodos anteriores a dicha declaración», señalaba la norma.

Dicha norma no aclara nada respecto a que es lo que sucederá en los períodos posteriores. No obstante, cabe recordar que el fisco en el Espacio Consultivo AFIP – CPCECABA del 29/08/2016, en el marco del Régimen de Sinceramiento Fiscal de la Ley 27260, opinó que «las rentas y gastos que en el futuro genere ese bien, deben considerarse a efectos de determinar la permanencia y categoría o la exclusión del declarante del régimen.«

Por lo tanto, los bienes regularizados no tendrán efecto hacia atrás respecto de la categorización y/o exclusión del monotributista pero si podría tenerlo hacia adelante.

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«Por ejemplo blanquear un inmueble alquilado y superar cantidad de unidades de explotación por no inscribir contrato en RELI», indicó el contador público y especialista en tributación Diego Mastragostino en su cuenta de X.

Recordamos que días atrás, El Cronista había publicado que el streaming del Ministerio de Economía con la participación Luis Caputo y el socio del Departamento de Impuestos de Bruchou & Funes de Rioja, Liban Kusa encendía una alerta para los pequeños contribuyentes.

«El monotributista puede blanquear tranquilamente y después, de acuerdo al régimen general, se tendrá que analizar si está dentro de los parámetros del régimen por los ingresos que obtiene o tiene que ir al régimen general de inscripción del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y Ganancias», había dicho Kusa.

Después de esta declaración, varios profesionales advirtieron que de mantenerse esa postura se podrían generar desincentivos al ingreso. «Es una novedad que la condición de monotributista pueda verse alterada si blanquea», afirmó oportunamente el socio del Departamento de Impuestos de Lisicki, Litvin & Asociados, Martín Caranta.

Demás está decir que nos parece una acertada medida la implementada por el Gobierno a través de AFIP de permitir a los monotributistas que puedan blanquear sin temor a una exclusión.

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