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CABA: se sancionó ley impositiva 2020 y modificaciones al Código Fiscal

La Legislatura aprobó ayer la Ley tarifaria, que define los parámetros impositivos, tasas y demás contribuciones que tiene como herramienta recaudatoria la Ciudad de Buenos Aires.

Para el Ejercicio 2020, la norma modera los incrementos de los tributos que recaen sobre los inmuebles radicados en el distrito. A diferencia de los años anteriores en los cuales se establecía un tope de aumento reconociendo los efectos inflacionarios, pero que afectaba al vecino desde la primera Cuota, el Ejecutivo propicia con esta medida aliviar al contribuyente con un esquema paulatino a lo largo del ejercicio fiscal.

En lugar de calcularlo con la inflación pasada (que fue del 52% interanual), para el año venidero la actualización de este impuesto estará en línea con la inflación que se registre. Dicho cálculo se realizará mensualmente y de manera progresiva.

Los contribuyentes que paguen el impuesto anual por adelantado tendrán un ajuste de sólo el 15%, pago que conllevará un efecto cancelatorio total. Para aquellos que sean buenos cumplidores pagarán en Enero 2.020 un 6,6% menos que en Diciembre 2.019. Este beneficio responde a que ésta categoría obtiene una quita anual del 10%.

En cambio, aquellos que no figuren en la categoría de buenos cumplidores, recibirán en Enero próximo un aumento del 3,4% con respecto a Diciembre 2.019.

Además, se establece un beneficio en el Impuesto de Patentes sobre Vehículos en General, exclusivamente para los vehículos usados radicados o que se radiquen en la Ciudad de Buenos Aires, debiéndose aplicar para la determinación del tributo las mismas alícuotas que en el ejercicio fiscal 2.019.

«Corresponde destacar que se ha procedido al reordenamiento de la Ley Tarifaria, a fin de adecuarla a la estructura del Código Fiscal vigente. El objetivo primordial consiste en facilitar su consulta por parte de los contribuyentes y responsables, propendiendo a incrementar el grado de acatamiento de las disposiciones fiscales. Asimismo, debe señalarse que el proyecto presentado incorpora las alicuotas en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos y el Impuesto de Sellos oportunamente convenidas mediante el denominado Consenso Fiscal, honrando las obligaciones y compromisos asumidos por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires», sostienen los fundamentos del despacho emitido por la Comisión de Presupuesto.

Modificaciones al Código Fiscal vigente

El Código Fiscal es el que regirá respecto de la determinación, fiscalización, percepción de todos los tributos y aplicación de sanciones por infracciones materiales y formales vinculadas con tributos que se impongan en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por los organismos de la administración central, de acuerdo con las leyes y normas complementarias.

Para el 2020, varias de las modificaciones son de carácter formal y otras sustanciales, que apuntan a la conformación de un sistema tributario equitativo, efectivo y moderno, utilizando las nuevas tecnologías como herramientas para la disminución de las cargas tributarias operativas de contribuyentes y responsables.

En relación con el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, se procede a la incorporación de una aclaración respecto del tratamiento fiscal de los servicios digitales, los cuales se han acrecentado exponencialmente como consecuencia del proceso de digitalización que ha experimentado la economía a través de las últimas décadas, verificándose que el desarrollo de las actividades se efectúa mediante una interfaz digital.

En este sentido, se propicia la citada aclaración, conjuntamente con la incorporación de los agentes de liquidación e ingreso, a fin de establecer un mecanismo efectivo que permita el cobro del tributo derivado del desarrollo de las actividades de prestación de servicios digitales en la Ciudad.

Por otra parte, se incorpora la facultad para la celebración de un convenio que unifique la percepción, administración y fiscalización del Régimen Simplificado en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos con su similar en el orden nacional, se propicia la inclusión del procedimiento que permita la implementación del mismo durante el ejercicio fiscal 2020.

Fuente: Prensa Legislatura

Para más detalles y textos de los proyectos de ley que se aprobaron sin modificaciones ver este artículo.


 

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